Resolución número 3 de 2019, por medio de la cual se actualiza el Reglamento de Operación del Comité Directivo del Fondo - 14 de Mayo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844654125

Resolución número 3 de 2019, por medio de la cual se actualiza el Reglamento de Operación del Comité Directivo del Fondo

EmisorVarios - Fondo de Estabilización de Precios para los Azúcares Centrifugados, las Melazas Derivadas de la Extracción o del Refinado de Azúcar y los Jarabes de Azúcar
Número de Boletín51314

El Comité Directivo del Fondo de Estabilización de Precios para los Azúcares Centrifugados, las Melazas Derivadas de la Extracción o del Refinado de Azúcar y los Jarabes de Azúcar, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el Capítulo VI de la Ley 101 del 23 de diciembre de 1993, y el Decreto 1071 del 26 de mayo de 2015 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 101 de 1993 en su Capítulo VI creó los Fondos de Estabilización de Precios de Productos Agropecuarios y Pesqueros, facultó al Gobierno nacional para organizarlos y dictó normas sobre su funcionamiento;

Que mediante el Decreto 569 del 30 de marzo de 2000, compilado en el Decreto 1071 de 2015, el Gobierno nacional organizó el Fondo de Estabilización de Precios para los Azúcares Centrifugados, las Melazas Derivadas de la Extracción o del Refinado de Azúcar y los Jarabes de Azúcar;

Que el Decreto 1071 de 2015, en su artículo 2.11.4.9, reglamentó las funciones del Comité Directivo del Fondo de Estabilización de Precios para los Azúcares Centrifugados, las Melazas Derivadas de la Extracción o del Refinado de Azúcar y los Jarabes de Azúcar;

Que el Decreto 1071 de 2015, señaló entre las funciones del Comité Directivo la de expedir su propio Reglamento Operativo;

Que el Fondo de Estabilización de Precios para los Azúcares Centrifugados, las Melazas Derivadas de la Extracción o del Refinado de Azúcar y los Jarabes de Azúcar, organizado por el Decreto 569 del 30 de marzo de 2000, comenzó sus operaciones el 1º de enero de 2001;

Que lo concerniente a la postulación, elección por medios democráticos, período, requisitos y otros aspectos relacionados con las personas que conforman los comités directivos de los fondos parafiscales y demás normas que le apliquen, son reglados por el Gobierno nacional por normas de mayor nivel, por lo cual es conveniente retirar la conformación del Comité y demás información al respecto del reglamento operativo del comité directivo;

En virtud de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1º Reglamento de Operación.

Adoptar el presente Reglamento de Operación del Comité Directivo del Fondo de Estabilización de Precios para los Azúcares Centrifugados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR