Resolución número 3004 de 2017, por la cual se crea el Comité de Cartera en la Superintendencia Nacional de Salud - 5 de Septiembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 692917173

Resolución número 3004 de 2017, por la cual se crea el Comité de Cartera en la Superintendencia Nacional de Salud

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín50347

El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo del Decreto 2462 de 2013, artículo 2.5.6.5 del artículo 1º del Decreto 445 de 2017 y demás normas complementarias, concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 1 º de la Ley 1066 de 2006 le asiste a las entidades públicas el deber de realizar el cobro de las obligaciones a su favor, para lo cual dentro de la oportunidad dispuesta por las normas sustanciales deben adelantar los procesos de recuperación de cartera de manera ágil, eficaz, eficiente y oportuna, con el fin de obtener liquidez para el Tesoro Público.

Que el parágrafo 4º del artículo 163 de la Ley 1753 de 2015, señala que: "En los eventos en que la cartera sea de imposible recaudo por la prescripción o caducidad de la acción, por la pérdida de fuerza ejecutoria del acto administrativo que le dio origen o por la inexistencia probada del deudor o su insolvencia demostrada y por tanto no sea posible ejercer los derechos de cobro o bien porque la relación costo-beneficio al realizar su cobro no resulta eficiente; las entidades públicas ya señaladas, podrán realizar la depuración definitiva de estos saldos contables, realizando un informe detallado de las causales por las cuales se depura y las excluirá de la gestión, el Gobierno nacional reglamentará la materia".

Que con base en lo antes citado, el Presidente de la República mediante Decreto 445 de 2017 expide la reglamentación del parágrafo 4º del artículo 163 de la Ley 1753 de 2015, en aras de castigar la cartera de imposible recaudo de las entidades públicas del orden nacional, con excepción de las entidades financieras de carácter estatal, las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, las Sociedades de Economía Mixta y las entidades en liquidación.

Que dentro del objeto del Decreto 445 de 2017, se establece la manera en que las entidades públicas del orden nacional, podrán depurar la cartera a su favor cuando sea de imposible recaudo, con el propósito de que sus estados financieros revelen en forma fidedigna la realidad económica, financiera y patrimonial.

Que conforme a la norma...

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