Resolución número 31 de 2017, por medio del cual se resuelve un recurso de reposición y se concede el de apelación 154-ND - 2017-8. 154-32493 El Rosal y 154-32494 El Espino. Turnos 2017-873 y 2017-874 - 2 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 748581237

Resolución número 31 de 2017, por medio del cual se resuelve un recurso de reposición y se concede el de apelación 154-ND - 2017-8. 154-32493 El Rosal y 154-32494 El Espino. Turnos 2017-873 y 2017-874

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Chocontá
Número de Boletín50795

El Registrador Seccional de Instrumentos Públicos de Chocontá, Cundinamarca, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y Ley 1579 de 2012, Decreto número 2723 de 2014 Ministerio de Justicia y del Derecho,

CONSIDERANDO:

ANTECEDENTES

Mediante turnos documento 2017-873 y 2017-874 se solicita cancelación demanda y el registro de la sentencia proceso declarativo verbal de pertenencia número 2015-

0054 procedente de Juzgado Civil de Circuito de Chocontá, Cundinamarca. Declara la Pertenencia Agraria sobre dos predios Matrícula Inmobiliaria 154-32493 El Rosal y Matrícula Inmobiliaria 154-32494 El Espino, Vereda Mochila Municipio de Chocontá.

Que al realizar el estudio Jurídico se devolvió: "SEÑOR USUARIO CONFORME INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA SNR NÚMERO 13 DE 13 11 2014 REITERADA POR INSTRUCCIÓN 03 DE 16 05 2016 Y LA NÚMERO 01 DE 17 02 2017 CIRCULAR 1425 DE 19 07 2016 DE LA SUPERNOTARIADO Y REGISTRO DELEGADA PARA PROTECCIÓN, RESTITUCIÓN Y FORMALIZACIÓN DE TIERRAS ADVIERTE QUE DESATENDERLA REGISTRANDO SENTENCIAS DE PERTENENCIA EN FOLIOS DE TRADICIÓN QUE PUEDAN TRATARSE DE BALDÍOS POR CARECER DE ANTECEDENTES REGÍSTRALES O DE FALSA TRADICIÓN, EL JUEZ DE CIRCUITO NO reiteró POR TAL RAZÓN SE DEVUELVE sin registrar. QUEDA COPIA PARA REGISTRO". Al momento de revisar las anotaciones del predio se encuentra que no es posible registrar el apoderado se notifica el 08 de septiembre de 2017 y presenta recurso de reposición y en subsidio de apelación.

MEDIOS DE PRUEBA

La sentencia de pertenencia agraria 014 de 29 de marzo de 2017 Juzgado civil de Circuito de Chocontá, nota devolutiva, escrito de recursos y los antecedentes de carpeta del folio de Matrículas Inmobiliarias 154-32493 y 154-32494 y argumentos del recurso

Sucintamente encontramos los siguientes argumentos que el Registrado de este circuito no es el funcionario que declare que un predio es baldío. La ANT tampoco ha clarificado la situación jurídica de los predios relacionados. No se intentó tutelar este asunto por ninguna autoridad. En tales condiciones se debe registrar la sentencia. La reposición es para que revoque su negativa de registro y en su lugar proceda a registrar la sentencia. Sí no se revoca su negativa, entonces en subsidio se me conceda el recurso de Apelación, para ante el superior con el mismo sustento dado en este escrito.

CONSIDERANDOS

Dentro de los principios que rigen la función registral está el principio de legalidad, el cual...

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