Resolución número 3107 de 2018, por la cual se implementa un nuevo término para que las personas inscritas en el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos (RAMV), puedan acceder al Permiso Especial de Permanencia (PEP), establecido mediante Resolución 10064 del 03 de diciembre de 2018, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores - 3 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 748666853

Resolución número 3107 de 2018, por la cual se implementa un nuevo término para que las personas inscritas en el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos (RAMV), puedan acceder al Permiso Especial de Permanencia (PEP), establecido mediante Resolución 10064 del 03 de diciembre de 2018, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Migración Colombia
Número de Boletín50796

El Director (e) de Migración Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las que los numerales 2, 3 y 7 del artículo 4º y los numerales 3, 4 y 14 del artículo 10 del Decreto 4062 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Ley 4062 de 2011 se creó la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, como un organismo civil de seguridad, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y patrimonio independiente, con jurisdicción en todo el territorio nacional, adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyo objetivo es ejercer las funciones de autoridad de vigilancia y control migratorio y de extranjería del Estado colombiano, dentro del marco de la soberanía nacional y de conformidad con las leyes y la política que en la materia defina el Gobierno nacional.

Que a través de la Resolución 6370 del 1º de agosto de 2018 el Ministerio de Relaciones Exteriores reglamentó la expedición del Permiso Especial de Permanencia (PEP) creado mediante Resolución 5797 de 2017, para su otorgamiento a las personas inscritas en el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1288 de 2018.

Que mediante la Resolución 2033 del 2 de agosto de 2018 la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, implemento el Permiso Especial de Permanencia (PEP) para los nacionales venezolanos que se registraron en el RAMV, estableciendo en su artículo segundo el procedimiento para su expedición, "(...)La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia expedirá el PEP a las personas incluidas en el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos, de forma gratuita, mediante solicitud del interesado a través del enlace dispuesto para tal efecto en el portal web de la Entidad, el cual estará disponible a partir del día 2 de agosto de 2018 y hasta el día 02 de diciembre de 2018.".

Que mediante comunicación número 20186224739632 de fecha 16 de noviembre de 2018, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), informó a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, que debido al volumen de solicitudes recibidas para la realización de ajustes en los registros del RAMV, recibirá requerimientos hasta el día 02 de diciembre de 2018, solicitando:

"(...)considerar la posibilidad de ampliar el plazo para realizar el trámite del PEP-RAMV de los casos que sean recibidos por la Unidad de...

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