Resolución número 3144 de 2017, por medio de la cual se crean los Comités para la Gestión del Capital Humano, se determina la administración del Siath y se dictan otras disposiciones - 11 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 679167921

Resolución número 3144 de 2017, por medio de la cual se crean los Comités para la Gestión del Capital Humano, se determina la administración del Siath y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50230

El Ministerio de Defensa Nacional, en ejercicio de sus facultades legales, en especial aquellas conferidas por la Ley 489 de 1998 y en el numeral 7 del artículo del Decreto 4890 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, corresponde a los Ministros formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.

Que el Ministerio de Defensa Nacional, según lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto 049 de 2003 modificado por los Decretos 4890 de 2011, 2758 de 2012, 2369 de 2014 y 1381 de 2015, está conformado por las siguientes dependencias o unidades ejecutoras: la Unidad de Gestión General, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea Colombiana, la Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar, la Dirección General de la Policía Nacional, la Dirección General de Sanidad Militar y la Dirección General Marítima (Dimar).

Que en virtud de lo dispuesto en el numeral 7, artículo 2º del Decreto 4890 del 23 de diciembre de 2011, el Ministro de Defensa Nacional está habilitado para crear y conformar órganos de asesoría y coordinación, así como los grupos internos de trabajo, que considere necesarios para el desarrollo de las funciones asignadas al Ministerio y asignarles funciones mediante resolución.

Que de conformidad con el artículo 16 del Decreto 4890 del 23 de diciembre de 2011, son funciones del Viceministerio para la Estrategia y Planeación, dirigir el diseño de estructura de fuerza con fundamento en la identificación de conceptos operacionales y capacidades objetivo, así como formular la política de formación y gestión de talento humano de la Fuerza Pública, asociada a los conceptos operacionales de estructura de fuerza.

Que de conformidad con el artículo 18 del Decreto 4890 del 23 de diciembre de 2011, son funciones de la Dirección de Desarrollo del Capital Humano contribuir con el direccio-namiento estratégico del Capital Humano de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional, al igual que promover la eficiencia en la administración de datos del Capital Humano de la Fuerza Pública.

Que se entiende como Capital Humano el conjunto de conocimientos, competencias, habilidades técnicas, y experiencias de cada persona que, al combinarlas y ponerlas en funcionamiento en el lugar y momento adecuado, propician el cumplimiento efectivo de los objetivos organizacionales y misionalidad de la Fuerza Pública.

Que de conformidad con el artículo 30 del Decreto 4890 del 23 de diciembre de 2011, son funciones de la Oficina Asesora de Sistemas mantener en óptimo estado de funcionamiento y en red, la infraestructura tecnológica de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional y capacitar a los servidores públicos que prestan sus servicios en el mantenimiento y uso de los sistemas de información.

Que la Ley 1273 de 2009, crea un nuevo bien jurídico tutelado denominado "De la protección de la información y de los datos" y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.

Que las disposiciones en esta resolución se expiden de conformidad con la Constitución y las leyes, en especial a lo desarrollado en la Ley 1581 del 17 de octubre de 2012, reglamentada parcialmente por el Decreto 1377 de 2013, por la cual se dictan disposiciones generales de la protección de datos personales en el sentido de cumplir con el derecho que tiene toda persona a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales. Los principios y disposiciones contenidos en dicha norma son aplicables a todas las bases de datos personales registrados que los hagan susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada.

Que de conformidad con el artículo 4º de la Resolución 0891 de 2009, el Comité de Integración de Tecnologías de Información y Comunicaciones (CITI) tiene las funciones de apoyar y emitir conceptos relacionados con la adquisición centralizada de soluciones corporativas en hardware, software, comunicaciones y servicios, y recomendar al Ministro de Defensa Nacional el establecimiento de políticas en materia de estructuras internas para atender las necesidades de tecnologías.

Que el Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (Siath) es la herramienta informática oficial para consignar la información del proceso de gestión del Capital Humano de todos los integrantes de la Fuerza Pública y de los civiles vinculados al Ministerio de Defensa Nacional. Esta herramienta estará diseñada para optimizar los procesos y procedimientos directamente relacionados con la Gestión del Capital Humano en beneficio de la toma de decisiones por parte de la Alta Dirección y los usuarios finales.

Que con el objetivo de definir la gobernabilidad de la Gestión del Capital Humano y de crear los diferentes cuerpos colegiados que se encarguen de asesorar y recomendar las decisiones del Ministerio de Defensa Nacional, se hace necesario la creación de comités y subcomités integrados por las diferentes instancias y unidades ejecutoras buscando la coherencia y la eficiencia en la toma de decisiones para la Gestión del Capital Humano del Ministerio de Defensa Nacional. Asimismo, se hace necesaria la identificación de prioridades para la evolución del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (Siath), la debida destinación de los recursos humanos y técnicos en las unidades ejecutoras para su correcta administración, y la eficacia de las propuestas tecnológicas para el fortalecimiento y optimización del Siath.

Que es necesario que el Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (Siath) sea una herramienta centralizada, la cual permita la formulación, desarrollo, cumplimiento, seguimiento, y evaluación de políticas en Gestión del Capital Humano, que facilite establecer una estrategia sectorial a mediano y largo plazo para la transformación y modernización de los Sistemas de Talento Humano bajo la metodología de planeación basada en capacidades, así como diseñar un modelo de Capital Humano que proyecte el pie de fuerza requerido para el cumplimiento de la misión constitucional.

RESUELVE:

TÍTULO I Artículos 1 a 13

DE LOS COMITÉS PARA LA GESTIÓN DEL CAPITAL HUMANO

Artículo 1º Función general.

Los comités para la gestión del Capital Humano tienen como propósito la formulación, cumplimiento, seguimiento y evaluación de políticas en materia de Capital Humano que satisfagan oportuna y efectivamente la estrategia del Ministerio de Defensa Nacional en el mediano y largo plazo.

Estos comités recurrirán a la metodología de planeación basada en capacidades con un enfoque "Conjunto y Coordinado", y desarrollarán, fortalecerán y mantendrán de acuerdo a las necesidades impuestas por el contexto estratégico, el diseño de fuerza requerido para el cumplimiento de la misión constitucional, alineados con los principios de irreversibi-lidad de los logros alcanzados y la eficiencia en el gasto, propios de la transformación y modernización sectorial.

CAPÍTULO I Artículos 2 a 6

Del Comité Estratégico de Capital Humano

Artículo 2º Conformación.

Confórmese el Comité Estratégico de Capital Humano quien será el principal ente que define estrategias en materia de Gestión de Capital Humano para todas las unidades ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional y estará integrado por los siguientes miembros:

  1. Viceministro para la Estrategia y Planeación, quien lo preside.

  2. Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Militares.

  3. Segundo Comandante del Ejército Nacional.

  4. Segundo Comandante de la Armada Nacional.

  5. Segundo Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana.

  6. Subdirector de la Policía Nacional.

  7. Director de Desarrollo del Capital Humano del Ministerio de Defensa Nacional, quien será el Secretario Técnico y asistirá a las reuniones con voz pero sin voto.

Parágrafo. Invitados. Serán invitados los servidores públicos que, por las funciones y responsabilidades que cumple su dependencia, les corresponde proporcionar la información necesaria para ilustrar al Comité Estratégico de Capital Humano. Los invitados asistirán a las reuniones con voz pero sin voto.

Artículo 3º Funciones.

Son funciones del Comité Estratégico de Capital Humano las siguientes:

  1. Evaluar las políticas para la Gestión del Capital Humano del Ministerio de Defensa Nacional.

  2. Realizar seguimiento al cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Estratégico Sectorial (PES) en lo que a Capital Humano se refiere.

  3. Revisar y aprobar los programas y planes estratégicos que sean sugeridos por el Subco-mité Asesor de Capital Humano y cualquier otro documento que sea concerniente al Comité.

  4. Generar lineamientos, así como realizar seguimiento y evaluación al funcionamiento y desempeño del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (Siath), e identificar las herramientas de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) requeridas para mejorar la calidad de los datos, explotar la información y apoyar la toma de decisiones de la Alta Dirección con información confiable, eficiente y veraz.

  5. Verificar el cumplimiento de las políticas para la Gestión del Capital Humano del Ministerio de Defensa Nacional y dictar correctivos en caso de ser requerido.

  6. Autorizar la creación de mesas de trabajo recomendadas por el Subcomité Asesor de Capital Humano para atender temas específicos.

  7. Aprobar y hacer seguimiento a los planes de trabajo de los diferentes Subcomités, así como los requerimientos y sugerencias que no se encuentren concebidos...

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