Resolución número 3177 de 2018, por la cual se modifica el parágrafo 6º del artículo 1º de la Resolución número 2854 del 16 de marzo de 2018 'Por la cual se fijaron tarifas por concepto del ejercicio de la función registral' - 23 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 726121049

Resolución número 3177 de 2018, por la cual se modifica el parágrafo 6º del artículo 1º de la Resolución número 2854 del 16 de marzo de 2018 'Por la cual se fijaron tarifas por concepto del ejercicio de la función registral'

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro
Número de Boletín50602

El Superintendente de Notariado y Registro, en uso de las facultades conferidas por el artículo 74 de la Ley 1579 de 2012, y el numeral 13 del artículo 13 del Decreto número 2723 del 29 de diciembre de 2014,

CONSIDERANDO:

Que conforme a las potestades otorgadas por el artículo 74 de la Ley 1579 de 2012 y el numeral 13 del artículo 13 del Decreto número 2723 de 2014, le corresponde al Superintendente de Notariado y Registro fijar las tarifas por concepto del ejercicio de la Función Registral, así como su ajuste anual, previo estudio que contendrá los costos y criterios de conveniencia que demandan;

Que con fundamento en la citada disposición se expidió la Resolución número 2854 del 16 de marzo de 2018, a través de la cual se fijaron las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral y se derogó expresamente Instrucción Administrativa número 15 del 21 de octubre de 2015, las Resoluciones números 0450, 1450, 6373, 6374, 7808, 10400 de 2017;

Que el parágrafo sexto del artículo primero de la Resolución número 2854 de 2018, estableció el cobro de una tarifa del dos 2% del valor total de la liquidación del documento, por concepto de sistematización y conservación documental;

Que en el mencionado parágrafo del artículo primero omitió mencionar algunos actos que son sujetos a esta nueva tarifa, por lo que se hace necesario realizar una modificación;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modifíquese el parágrafo 6º del artículo primero de la Resolución número 2854 del 16 de marzo de 2018 el cual quedará así:

Parágrafo 6º. Para el cálculo total de los derechos de registro a pagar por parte del usuario, luego de aplicados los valores que correspondan según el caso, se cobrará además una tarifa del dos por ciento 2% del valor total de los actos de la liquidación del documento, por concepto de sistematización y conservación documental.

Artículo 2º Publicación.

La presente resolución se publicará en el Diario Oficial y en la página web de la Entidad.

Artículo 3º Vigencia.

Esta resolución rige a partir del dos (2) de mayo de 2018.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de marzo de 2018.

El Superintendente de Notariado y...

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