Resolución número 3195 de 2015, por la cual se autoriza el cambio de horario en la jornada de Trabajo de la Registraduría Auxiliar de La Cumbre - Floridablanca (Santander) - 7 de Abril de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 564244578

Resolución número 3195 de 2015, por la cual se autoriza el cambio de horario en la jornada de Trabajo de la Registraduría Auxiliar de La Cumbre - Floridablanca (Santander)

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín49475

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1 del artículo 26 del Decreto número 2241 de 1986, determina que es obligación del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir el funcionamiento de todas las dependencias de la entidad;

Que el numeral 4 del artículo 25 del Decreto número 1010 de 2000, establece que el Registrador Nacional del Estado Civil, debe dirigir como autoridad de la organización electoral las labores administrativas y técnicas de las diferentes dependencias de la Registraduría Nacional del Estado Civil, de acuerdo con la Constitución y la ley;

Que la Resolución número 0001 del 2 de enero de 2002, establece el horario de trabajo para el personal en la Organización Electoral - Registraduría Nacional del Estado Civil;

Que mediante Resolución número 5264 del 18 de diciembre de 2003, se resolvió modificar las disposiciones contenidas en la Resolución número 0001 del 2 de enero de 2002, acerca del horario de trabajo para el personal de la Organización Electoral - Registraduría Nacional del Estado Civil;

Que mediante Resolución número 5265 del 6 de junio de 2013, se estableció el horario de atención al público en las Registradurías Especiales, Auxiliares y Municipales en el horario de 8:00 a. m. a 4:00 p. m., en jornada continua y para la realización de labores administrativas de 4:00 p. m. a 5:00 p. m.;

Que mediante Oficio número 001158 del 20 de marzo de 2015, los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR