Resolución número 3195 de 2019, Por la cual se autoriza al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico, para celebrar un empréstito externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) hasta por la suma de cuarenta y un millones novecientos mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 41.900.000) o su equivalente en otras monedas; y a la Nación para el otorgamiento de la respectiva garantía - 15 de Septiembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 812131097

Resolución número 3195 de 2019, Por la cual se autoriza al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico, para celebrar un empréstito externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) hasta por la suma de cuarenta y un millones novecientos mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 41.900.000) o su equivalente en otras monedas; y a la Nación para el otorgamiento de la respectiva garantía

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51077

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 185 de la Ley 1753 de 2015, los parágrafos 1º y 2º del artículo 2.15.3 del Decreto 1068 de 2015, el artículo 38 de la Ley 344 de 1996, los artículos 2º y 8º de la Ley 533 de 1999 y el artículo 2º de la Ley 1771 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 185 de la Ley 1753 de 2015, el cual no fue derogado expresamente por el artículo 336 de la Ley 1955 de 2019, creó el Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos PAZcífico (el "Fondo Pazcífico"), como un patrimonio autónomo, cuyo objeto es la financiación y/o la inversión en las necesidades más urgentes para promover el desarrollo integral del Litoral Pacífico, para lo cual puede entre otras, celebrar operaciones de financiamiento interno o externo, para lo cual la Nación o las Entidades Territoriales podrán otorgar los avales o garantías correspondientes;

Que conforme a lo establecido por el parágrafo 1º del artículo 2.15.3 del Decreto 1068 de 2015, el Fondo Pazcífico "podrá suscribir operaciones de financiamiento interno o externo, a través de la Entidad Fiduciaria y a su nombre.

La celebración de las operaciones de financiamiento y las asimiladas a estas por parte del Fondo, de carácter interno o externo y con plazo superior a un año, requerirá de la autorización previa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Cuando se trate de financiamiento dirigido a gastos de inversión, la mencionada autorización podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación.

No obstante, cuando se trate de operaciones de financiamiento que vayan a ser garantizadas por la Nación, no se requerirá concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación, sino el del Consejo Nacional de Política Económica y Social, (CONPES)...";

Que de conformidad con lo dispuesto por el numeral 10 del artículo 2.15.7 del Decreto 1068 de 2015, es función de la Junta Administradora del Fondo Pazcífico, aprobar las operaciones de financiamiento interno o externo, sin perjuicio de los demás requisitos necesarios para su celebración;

Que la Junta Administradora del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico- (FTSP), en la sesión número 8 celebrada el nueve (9) de noviembre del 2017 realizó las siguientes autorizaciones, las cuales a la fecha se encuentran vigentes:

· "Autorización para que las entidades representantes del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico: Entidad Ejecutora (UNGRD) y Entidad Fiduciaria (Fiduprevisora S.A.) suscriban el contrato de préstamo negociado con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) por USD 41.9 millones, y gestionen ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público la resolución que establece el parágrafo 1º del artículo 2.15.3, Parte 15, Libro 2 del Decreto 1068 de 2015.

· Autorización para que las entidades representantes del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico: Entidad Ejecutora (UNGRD) y Entidad Fiduciaria (Fiduprevisora S.A.) negocien y suscriban con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público un contrato de contragarantía y realicen las demás gestiones que sean necesarias para la obtención de la garantía de la Nación al crédito externo que autorizó suscribir con el BIRF por USD 41.9 millones";

Lo anterior consta en la certificación expedida el 25 de junio del 2019 por el Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, en su calidad de Secretario Técnico de la Junta Administradora del Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos...

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