Resolución número 338 de 2019, por la cual se suspenden los términos legales en las actuaciones jurisdiccionales que se tramitan ante la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor - 7 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 829562641

Resolución número 338 de 2019, por la cual se suspenden los términos legales en las actuaciones jurisdiccionales que se tramitan ante la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección Nacional de Derecho de Autor
Número de Boletín51160

La Directora General de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 4) del artículo del Decreto 4835 de 2008, modificado por el Decreto 1873 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Primero: Que conforme lo indica el artículo 3º, numeral 4 del Decreto 4835 de 2008, es función de la Directora General de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor (en adelante DNDA), "coordinar y supervisar las actividades a cargo de las dependencias (...)".

Segundo: Que el artículo 118 del Código General del Proceso establece que "(...) En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquellos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el despacho".

Tercero: Que el artículo 2º literal b) del Decreto 546 de 1971, modificado por el artículo 1º de la Ley 31 de 1971 dispone el cierre de despachos judiciales "en los días comprendidos entre el 20 de diciembre de cada año y el 10 de enero siguiente, inclusive (...)" y que, conforme a lo previsto por el parágrafo 3º del artículo 24 del Código General del Proceso, el trámite de los procesos jurisdiccionales que adelantan las autoridades administrativas con funciones jurisdiccionales debe seguir las mismas vías procesales previstas para los jueces ordinarios.

Cuarto: Que desde el día 20 (inclusive) de diciembre de 2019 hasta el día 10 (inclusive) de enero de 2020 estará cerrada la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales de la DNDA, con el fin de adelantar el inventario de los expedientes a cargo de la citada Subdirección. En consecuencia, durante esas fechas se hace necesario suspender los términos procesales de las actuaciones jurisdiccionales que se tramitan ante la mencionada Subdirección.

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Directora General de...

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