Resolución número 3390 de 2020, por la cual se actualiza el Plan de Enajenación Onerosa del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) - 29 de Abril de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844292798

Resolución número 3390 de 2020, por la cual se actualiza el Plan de Enajenación Onerosa del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras,
Número de Boletín51300

La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente de Lleras (ICBF), en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el literal b) del artículo 28 de la Ley 7a de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el artículo 8º de la Ley 708 de 2001, el artículo 2.5.2.4.2 del Decreto número 1068 de 2015,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 62 de la Ley 75 de 1968, subrogado por el artículo 39 de la Ley 7a de 1979, determina que el patrimonio del ICBF está conformado por "(...) 3. Los bienes y rentas que se incorporaron al Instituto en virtud de la Ley 75 de 1968 y que le pertenecen; (.) 5. Los recaudos que se obtuvieron en virtud de la Ley 27 de 1974 y los bienes muebles e inmuebles que se adquirieron en el ejercicio de la misma ley; (.) 7. El producto de las donaciones, ayudas o subvenciones que le hagan entidades internacionales, extranjeras, fundaciones o cualesquiera otras personas naturales o jurídicas; 8. Los bienes que reciba como heredero o legatario; 9. Los bienes muebles o inmuebles, que se adquieran en el ejercicio de sus actividades como persona jurídica independiente; (.) 12. Los bienes vacantes y mostrencos conforme a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 75 de 1968.

(.)".

Que, en concordancia con el artículo anterior, el artículo 66 de la misma ley, consagra que "El Instituto de Bienestar Familiar tendrá en las sucesiones intestadas los derechos que hoy corresponden al municipio de la vecindad del extinto de conformidad con el artículo 85 de la Ley 153 de 1887. También tendrá el Instituto los derechos que hoy corresponden a otras entidades con relación a los bienes vacantes y mostrencos".

Que el artículo 33 de la Ley 9a de 1989, dispone que las...

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