Resolución número 342 de 2020, por medio de la cual se suspenden de manera transitoria los términos para la presentación de la prueba de evaluación de desempeño / ensayos de aptitud de los laboratorios ambientales acreditados por el Ideam - 30 de Abril de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844329087

Resolución número 342 de 2020, por medio de la cual se suspenden de manera transitoria los términos para la presentación de la prueba de evaluación de desempeño / ensayos de aptitud de los laboratorios ambientales acreditados por el Ideam

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales
Número de Boletín51301

La Directora General del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam), en uso de las facultades legales contenidas en los numerales 8 y 15 del artículo 05 del Decreto 291 de 2004, el Decreto 491 de 2020 y

CONSIDERANDO:

Que el 7 de enero de 2020 la Organización Mundial de la Salud identificó el nuevo coronavirus COVID-19 y declaró este brote como emergencia de salud pública de importancia internacional. Que el 6 de marzo de 2020 el Ministerio de Salud y de la Protección Social dio a conocer el primer caso de brote de enfermedad por coronavirus COVID-19 en el territorio nacional;

Que mediante la Resolución 0000380 del 10 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social adoptó, entre otras, medidas preventivas sanitarias de aislamiento y cuarentena de las personas que, a partir de la entrada en vigencia de la precitada resolución, arribarán a Colombia desde la República Popular China, Francia, Italia y España;

Que mediante la Circular Externa número 0018 de 10 de marzo de 2020, el Gobierno nacional dictó instrucciones de intervención, respuesta y atención del COVID-19 aplicables principalmente a los ámbitos laborales;

Que a través de la Directiva Presidencial número 02 de 12 de marzo de 2020, el Gobierno Nacional dictó medidas para atender la contingencia generada por el COVID-19, a partir del uso de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones;

Que mediante Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, el Ministro de Salud y Protección Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1753 de 2015, declaró el estado de emergencia sanitaria por causa del nuevo coronavirus COVID-19 en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020 y, en virtud de la misma, adoptó una serie de medidas con el objeto de prevenir y controlar la propagación del coronavirus COVID-19 y mitigar sus efectos;

Que mediante la Resolución 0249 de 13 de marzo de 2020, la Dirección General del Ideam, estableció las condiciones especiales del trabajo en casa por medio del uso de las TIC y la adopción de otras medidas de prevención frente al COVID-19 en lo concerniente al Instituto de Hidrología Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam);

Que a través de la Circular número 5 del 16 de marzo de 2020, el Ideam emitió medidas adicionales para atender la contingencia generada por el COVID-19;

Que mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional por el término de treinta (30) días, con el fin de conjurar la grave calamidad pública que afecta al país por causa del nuevo coronavirus COVID-19;

Que dadas las circunstancias y medidas de cuidado declaradas por el Gobierno nacional para preservar la salud y la vida de los colombianos, el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020 impartió instrucciones para el mantenimiento del orden público y, específicamente, ordenó el "aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a. m.) del día 25 de marzo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19." Ampliado hasta las cero horas (00:00 a. m.) del día 26 de abril de 2020 a través del Decreto 531 del 8 de abril de 2020 y actualmente hasta las cero horas (00:00 a. m.) del día 11 de mayo de 2020 a través del Decreto 593 de 2020;

Que mediante el Decreto 491 del 28 de marzo de 2020, "por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Socialy Ecológica", el Presidente de la República estableció medidas en materia de prestación de servicios a cargo de las entidades y organismos del Estado, con la finalidad de prevenir la propagación de la pandemia mediante el distanciamiento social, flexibilizando la prestación del servicio en forma presencial y estableciendo mecanismos de atención mediante la utilización de medios digitales y del uso y aprovechamiento de las tecnologías de...

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