Resolución número 3460 de 2016, por la cual se fijan los términos de entrega de los documentos electorales para la elección atípica de Alcalde Municipal que se realizará el 29 de mayo de 2016 en Togüí (Boyacá) - 2 de Mayo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 637551497

Resolución número 3460 de 2016, por la cual se fijan los términos de entrega de los documentos electorales para la elección atípica de Alcalde Municipal que se realizará el 29 de mayo de 2016 en Togüí (Boyacá)

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín49861

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 26, numeral 12 del Decreto 2241 de 1986 (Código Electoral), artículos 5º y 36 del Decreto 1010 de 2000, artículo 42 de la Ley 1475 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 12 del artículo 26 del Código Electoral, corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil, dictar y hacer conocer las resoluciones que fijen los términos para la entrega de pliegos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía y sectores rurales al respectivo Registrador del Estado Civil.

Que el artículo 5º, numeral 11 del Decreto 1010 de 2000, establece como función de la Registraduría Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

Que el artículo 36, numeral 13 del Decreto 1010 de 2000, establece que le corresponde a la Dirección de Gestión Electoral, elaborar las resoluciones que fijen los términos para la entrega de documentos electorales.

Que el artículo 42, inciso segundo de la Ley 1475 de 2011, faculta al Registrador Nacional del Estado Civil para fijar los términos de entrega de documentos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía o sectores rurales a los correspondientes Claveros.

Que tales documentos deben ser conducidos por los Delegados del Registrador del Estado Civil y entregados a las Claveros respectivos dentro de los términos que se les señale, conforme al inciso 2º del artículo 144 del Código Electoral.

Que en cumplimiento a lo ordenado en la Resolución número 001 del 30 de marzo de 2016, suscrita por la Presidenta de la Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales de la Procuraduría General de la Nación, por medio de la cual se hace una declaración sobre la no posesión dentro del término legal del alcalde electo del municipio de Togüí (Boyacá), el Gobernador, mediante Decreto número 477 del 1º de abril de 2016, fijó como fecha para la...

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