Resolución número 347 de 2020, por la cual se adopta la utilización de la firma mecánica en las actuaciones de la Agencia Nacional de Minería - 8 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847834385

Resolución número 347 de 2020, por la cual se adopta la utilización de la firma mecánica en las actuaciones de la Agencia Nacional de Minería

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Minería
Número de Boletín51431

El Presidente de la Agencia Nacional de Minería (ANM), en uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Decreto-ley 4134 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 209 de la Constitución Política de Colombia, las actuaciones administrativas se desarrollarán con fundamento en los principios de economía, celeridad, eficacia, imparcialidad, publicidad y contradicción.

Que, el Decreto número 2150 del 5 de diciembre de 1995, suprime y reforma regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.

Que el artículo 12, del citado decreto, reglamenta la Firma Mecánica, en los siguientes términos: "Los jefes de las entidades que integran la Administración Pública podrán hacer uso, bajo su responsabilidad, de la firma que procede de algún medio mecánico, en tratándose de firmas masivas. En tal caso, previamente mediante acto administrativo de carácter general, deberá informar sobre el particular y sobre las características del medio mecánico".

Que el artículo 26, regula la utilización de sistemas electrónicos de archivo y transmisión de datos, de las entidades de la Administración Pública.

Que el artículo 7º de la Ley 527 de 1999, dispone que:

"Cuando cualquier norma exija la presencia de una firma o establezca...

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