Resolución número 3585 de 2018, por la cual se autoriza al departamento de Cundinamarca para emitir, suscribir y colocar títulos de deuda pública interna hasta por la suma de ciento treinta mil millones de pesos ($130.000.000.000) moneda legal colombiana - 25 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 743833521

Resolución número 3585 de 2018, por la cual se autoriza al departamento de Cundinamarca para emitir, suscribir y colocar títulos de deuda pública interna hasta por la suma de ciento treinta mil millones de pesos ($130.000.000.000) moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50757

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional (e), en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 2.2.1.3.5. del Decreto número 1068 de 2015, el literal d) del artículo 1 de la Resolución número 2650 de 1996, el artículo 2º de la Resolución 2727 del 4 de septiembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2.2.1.3.5 del Decreto número 1068 de 2015 establece que la emisión y colocación de títulos de deuda pública interna de entidades territoriales y sus descentralizadas requerirá autorización impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Que la apoderada del departamento de Cundinamarca mediante Oficio número 1-2018086922 de fecha 11 de septiembre de 2018 solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, autorización para la emisión y colocación de bonos de deuda pública interna por valor de hasta ciento treinta mil millones de pesos ($130.000.000.000) moneda legal colombiana;

Que en el artículo primero de la Ordenanza número 064/2018 del 28 de mayo de 2018, la Asamblea Departamental de Cundinamarca ordenó la ampliación del cupo de endeudamiento autorizado mediante ordenanza 008/2016 en la suma de ciento treinta mil millones de pesos ($130.000.000.000) o su equivalente en otras monedas, para la financiación del Plan de Inversiones Públicas del Plan de Desarrollo Departamental 20162020 a ejecutarse en los planes de acción para las vigencias 2018-2019;

Que en el artículo tercero de la Ordenanza número 064/2018 del 28 de mayo de 2018, la Asamblea Departamental de Cundinamarca determinó que con el cupo de endeudamiento señalado en el artículo 1º de la mencionada ordenanza, el Gobernador del Departamento, podrá celebrar operaciones de Crédito Público Interno y/o Externo y operaciones asimiladas, así como realizar operaciones conexas a estas con entidades públicas o privadas nacionales o internacionales, de acuerdo con la evaluación económica y de conveniencia que realice la Administración departamental;

Que mediante Oficio con número 1-2018-099526 de fecha 11 de octubre de 2018 enviado al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se aportó certificación en la cual, el Secretario de Planeación del departamento de Cundinamarca emitió concepto favorable para la emisión de Bonos de Deuda Pública por valor de ciento treinta mil millones de pesos ($130.000.000.000) moneda legal...

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