Resolución número 376 de 2019, por la cual se incrementa el valor para la expedición de las copias y certificados de Registros Civiles que expiden los Notarios - 31 de Enero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 761887477

Resolución número 376 de 2019, por la cual se incrementa el valor para la expedición de las copias y certificados de Registros Civiles que expiden los Notarios

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín50853

El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 4º numeral 1 de la Ley 1163 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 266 de la Constitución Política, establece que corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil ejercer, entre otras funciones, la de organizar y dirigir el Registro Civil y la identificación de las personas;

Que, el artículo 2º del Decreto-ley 1010 de 2000, señala como objetivo misional de la Registraduría Nacional del Estado Civil registrar la vida civil e identificar a los colombianos.

Que el artículo 77 de la Ley 962 de 2005, preceptúa que la Registraduría Nacional del Estado Civil puede autorizar excepcional y fundamentalmente a las notarías para llevar el registro del estado civil, autorización esta que fue dada por el Registrador Nacional mediante actos administrativos y con ello la expedición de copias y certificados del registro civil;

Que, la Ley 1163 del 3 de octubre de 2007 "Por la cual se regulan las tasas por la prestación de servicios de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones", faculta al Registrador Nacional del Estado Civil para establecer las tarifas por los servicios que presta la Registraduría Nacional del Estado Civil, con independencia de quien cumpla esta función, en atención con el método y sistema para la determinación del costo de los servicios y la forma del reparto entre los usuarios;

Que, la Ley 1163 de 2007 en su artículo 3º, establece que el sujeto activo de dichas tasas es la Registraduría Nacional del Estado Civil y que uno de los hechos generadores lo constituye la expedición de copias y certificados de registros civiles;

Que, al tenor de lo establecido en la Ley 1163 de 2007, el Registrador Nacional del Estado Civil mediante la Resolución número 6128 del 8 de octubre de 2007, crea el Comité para la fijación de las tarifas y precios por los servicios que presta la Registraduría Nacional del Estado Civil, con el objeto de estudiar y proponer su valor para aprobación y adopción del Registrador Nacional;

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