Resolución número 3933 de 2019, por la cual se autoriza al Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P. - GEB S.A. E.S.P. para celebrar operaciones de manejo de deuda pública externa, consistentes en operaciones de cobertura de riesgo - 28 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 822026861

Resolución número 3933 de 2019, por la cual se autoriza al Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P. - GEB S.A. E.S.P. para celebrar operaciones de manejo de deuda pública externa, consistentes en operaciones de cobertura de riesgo

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51120

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, el artículo 2.2.1.4.3 del Decreto número 1068 de 2015 y las Resoluciones números 2650 del 12 de noviembre de 1996, 2822 del 30 de diciembre de 2002 y 2563 del 9 de septiembre de 2011 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 4020 del 29 de noviembre de 2017, se autorizó al Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P. - GEB S.A. E.S.P, para celebrar una operación de manejo de deuda pública externa, consistente en la sustitución del Bono EEB 2021 mediante la suscripción de un Empréstito Externo "Credit Agreement", pagaré y anexos entre el Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P. - GEB S.A. E.S.P, Bank of America, N.A. como agente Administrativo, y Citigroup Global Markets INC; Merrill Lynch; Pierce, Fenner & Smith Incorporated y Sumitomo Mitsui Banking Corporation en calidad de líderes prestamistas "Joint LeadArrangers and Joint Bookrunners", hasta por la suma de setecientos cuarenta y nueve millones de dólares (USD 749.000.000) de los Estados Unidos de América;

Que en desarrollo de la resolución de la que trata el considerando anterior, el 18 de diciembre de 2017 Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P. - GEB S.A. E.S.P. celebró con un grupo de bancos un crédito externo por setecientos cuarenta y nueve millones de dólares (USD 749.000.000), recursos que fueron utilizados para ejercer una opción call del Bono

EEB 2021;

Que mediante Resolución número 2262 del 15 de julio de 2019, se autorizó al Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P. - GEB S.A. E.S.P., para realizar una operación de manejo de deuda pública externa, consistente en la refinanciación del crédito externo suscrito el 18 de diciembre de 2017 que celebró Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P. - GEB S.A. E.S.P. con un grupo de bancos, hasta por la suma de setecientos cuarenta y nueve millones de dólares (USD 749.000.000) de los Estados Unidos de América;

Que en desarrollo de la resolución de la que trata el considerando anterior, el 22 de julio de 2019, Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P. - GEB S.A. E.S.P. procedió a suscribir la primera enmienda al contrato de empréstito, celebrado en diciembre de 2017 consistente en la refinanciación del monto total del crédito externo;

Que mediante Oficio número 1-2019-089878 radicado en este Ministerio el 26 de septiembre de 2019 Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P. -GEB S.A. E.S.P., solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar una operación de manejo de deuda pública externa consistente en la cobertura de riesgo de tasa de interés de libor a fija en dólares sobre el pago de intereses del crédito sindicado 2024, autorizado mediante Resolución número 2262 del 15 de julio de 2019, hasta por un monto de quinientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 500.000.000), bajo el entendido que no podrán existir dos o más operaciones de cobertura sobre el mismo subyacente;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 establece que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994, para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto número 2681 de 1993...

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