Resolución número 4 0067 de 2020, por la cual se designa de manera transitoria a un funcionario del Ministerio de Minas y Energía como Director Ejecutivo del Fondo de Energías No Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía (FENOGE) - 18 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 840663565

Resolución número 4 0067 de 2020, por la cual se designa de manera transitoria a un funcionario del Ministerio de Minas y Energía como Director Ejecutivo del Fondo de Energías No Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía (FENOGE)

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín51231

El Secretario General del Ministerio de Minas y Energía, en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, la que le confiere el artículo 1º de la Resolución número 4 0761 de

2019, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 1715 de 2014 "por medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional", dispuso en su artículo 10 la creación del Fondo de Energías No Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía (FENOGE), para financiar programas de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE) y Gestión Eficiente de la Energía (GEE). Así mismo estableció que dicho Fondo sería reglamentado por el Ministerio de Minas y Energía y administrado por una fiducia seleccionada por el Ministerio para tal fin.

Que el artículo 368 de la Ley 1819 de 2016, "por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones", determinó que el FENOGE sería administrado a través de un contrato de fiducia mercantil celebrado entre el Ministerio de Minas y Energía y la entidad financiera seleccionada para tal fin.

Que, en consonancia con lo expuesto, mediante documento privado suscrito el quince (15) de noviembre de dos mil dieciocho (2018), el Ministerio de Minas y Energía en calidad de Fideicomitente y Fiduciaria La Previsora S.A., celebraron el Contrato de Fiducia Mercantil GGC número 474 de 2018, en virtud del cual se constituyó el patrimonio autónomo denominado Fideicomiso FENOGE, cuyo objeto es: "Contratar el servicio de fiducia mercantil para el recaudo, administración, inversión, giros y pagos de los recursos aportados al Fondo de Energías no Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía (FENOGE)".

Que en virtud de lo establecido en la Ley 1715 de 2014, el Ministerio de Minas y Energía expidió el Decreto 1543 de 2017, "por el cual se reglamenta el Fondo de Energías No Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía (FENOGE), adicionando una Sección 5 al Capítulo 3 del Título III de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía 1073 de 2015".

Que el Decreto 1543 de 2017 indicó en el artículo 2.2.3.3.5.4, que el FENOGE contaría con un Comité Directivo para la administración y asignación de...

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