Resolución número 4 0091 de 2019, por la cual se modifica el artículo 2º de la Resolución 40144 del 15 de febrero de 2016 y se amplía el término previsto en el artículo 9º de la Resolución 40816 del 3 de agosto del 2018 - 1 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 762056941

Resolución número 4 0091 de 2019, por la cual se modifica el artículo 2º de la Resolución 40144 del 15 de febrero de 2016 y se amplía el término previsto en el artículo 9º de la Resolución 40816 del 3 de agosto del 2018

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín50854

El Ministro de Minas y Energía, en uso de las atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998 y el Decreto 0381 de 2012,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 40144 de 15 de febrero del 2016, el Ministerio de Minas y Energía adoptó el Sistema de Gestión de trámites, procesos y servicios mineros SI. Minero, el cual incluye (14) módulos, dentro de los cuales se encuentra el módulo de Seguimiento y Control a Regalías - RTM y el módulo de Actos Administrativos y Comunicaciones.

Que por Resolución 40816 del 3 de agosto del 2018, se modifica la Resolución 40144 del 15 de febrero de 2016 y se habilita el módulo de seguimiento y control de regalías RTM, el cual se renombró como Registro de Transacción Minera RTM.

Que el artículo 2º de la Resolución 4 0144 de 2016, que estableció los módulos del Sistema de Información SI. Minero, fue modificado por el artículo 3º de la Resolución 4-0816 de 2018.

Que el módulo Nº 8 "Actos Administrativos y Comunicaciones", del Sistema de Información SI Minero, fue diseñado para la elaboración de memorandos, oficios, circulares, resoluciones y decretos; sin embargo, una vez revisada su funcionalidad, se determinó que no se requiere su uso por este Ministerio, en atención a que este módulo se creó cuando la institucionalidad minera colombiana no contaba con una política de gestión documental centralizada, y en la actualidad las diferentes entidades del sector cuentan con los instrumentos necesarios para elaborar y publicar los actos administrativos y comunicaciones de manera independiente, acorde con las políticas internas de cada entidad.

Que aunado a lo anterior, el módulo de "Actos Administrativos y Comunicaciones" no influye en el correcto funcionamiento de los demás módulos que hacen parte del Sistema de Información SI. Minero, pues los módulos adoptados contemplan formatos de manera independiente para cada trámite.

Que por las razones expuestas, se hace necesario eliminar este módulo del Sistema de Información SI. Minero.

Que de otra parte, la Resolución 40816 del 3 de agosto de 2018, habilitó el módulo "Registro de Transacciones Mineras (RTM)", como una herramienta de seguimiento a la producción y comercialización de minerales, que permite...

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