Resolución número 4 0259 de 2017, por la cual se modifican los numerales 32.1.3 y 38.1 y se adiciona el numeral 32.1.3.1 del Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE), adoptado mediante Resolución número 90708 de 2013 - 31 de Marzo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 676164501

Resolución número 4 0259 de 2017, por la cual se modifican los numerales 32.1.3 y 38.1 y se adiciona el numeral 32.1.3.1 del Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE), adoptado mediante Resolución número 90708 de 2013

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín50192

El Ministro de Minas y Energía, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 7 del artículo 5º del Decreto número 381 de 2012 y en aplicación de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 8º de la Ley 1264 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 9 0708 del 30 de agosto de 2013, publicada en el Diario Oficial número 48.904 del 05 de septiembre de 2013, el Ministerio de Minas y Energía adoptó el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE).

Que mediante las Resoluciones número 9 0907 del 25 de octubre de 2013, 9 0795 del 25 de julio de 2014 y 4 0492 del 24 de abril de 2015 se corrigieron algunos yerros del Anexo General del RETIE de que trata la Resolución número 9 0708 de 2013.

Que con el objeto de facilitar los mecanismos de certificación de las competencias de inspectores y directores técnicos de organismos de inspección de instalaciones eléctricas, es necesario fijar unos criterios para la acreditación de organismos de certificación de competencia.

Que como resultado de los análisis efectuados por organismos de inspección de instalaciones eléctricas acreditados por el ONAC y de las implicaciones que tendría el no contar con suficientes inspectores certificados para la energización de nuevas instalaciones eléctricas, se requiere modificar el Anexo General de la Resolución número 9 0708 del 30 de agosto de 2013.

Que a la fecha no se cuenta con organismos acreditados por ONAC para certificar la competencia de inspectores y directores técnicos de organismos de inspección del RETIE, lo cual implica continuar con el apoyo de las universidades para la certificación de la competencia de los inspectores y directores de organismos de inspección.

Que el parágrafo transitorio del numeral 32.1.3 del Anexo General adoptado por la Resolución número 9 0708 del 30 de agosto de 2013, fijó en dos (2) años la vigencia de los certificados de competencia de inspectores y directores técnicos de organismos de inspección de RETIE, otorgado transitoriamente por las universidades.

Que en marzo del 2017 vencen un alto número de certificados de competencia de inspectores y directores técnicos, expedidas por las universidades.

Que en reunión con los...

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