Resolución número 4 0302 de 2018, por la cual se modifica la Resolución número 4 0278 de 2017, mediante la cual se expide el reglamento técnico aplicable a las estaciones de servicio que suministran gas natural comprimido para uso vehicular y se dictan otras disposiciones - 5 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 708061501

Resolución número 4 0302 de 2018, por la cual se modifica la Resolución número 4 0278 de 2017, mediante la cual se expide el reglamento técnico aplicable a las estaciones de servicio que suministran gas natural comprimido para uso vehicular y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín50555

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo y 7º del artículo 5º del Decreto número 381 de

2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 4 0278 del 4 de abril de 2017 el Ministerio de Minas y Energía expidió el reglamento técnico aplicable a las estaciones de servicio que suministran gas natural comprimido para uso vehicular y se dictan otras disposiciones;

Que la Resolución número 4 0278 de 2017 fue publicada en el Diario Oficial número 50.197 del 5 de abril de 2017 y el artículo 15 dispuso que a partir del primero de abril de 2018 la cantidad de GNCV suministrada a cada vehículo por parte de la estación de servicio se deberá registrar en unidades de masa (kilogramos);

Que mediante Comunicación número 2017042678 del 4 de julio de 2017, la Organización Terpel S. A. solicitó la aclaración de algunos requisitos establecidos en la Resolución número 4 0278 de 2017, relacionados con el sistema de medición y las desviaciones que podrán presentarse en los balances que deben darse entre la EDS y el distribuidor, considerando que el peso de cada m3 varía de acuerdo con la densidad del gas natural suministrado al vehículo;

Que mediante Comunicación número 2017062010 del 19 de septiembre de 2017, la Asociación Colombiana de Organismos de Evaluación de la Conformidad (Asosec)

solicitó la modificación de la Resolución número 4 0278 de 2017, aclarando algunos requisitos para facilitar el proceso de acreditación de los organismos de evaluación de la conformidad ante el ONAC;

Que el artículo 15 transitorio de la Resolución número 4 0278 de 2017 dispuso que hasta el 31 de marzo de 2018 el Gas Natural Comprimido se suministrará a cada vehículo en unidades de volumen (metros cúbicos), mientras el propietario, tenedor o administrador de la Estación de Servicio realiza las adecuaciones requeridas para implementar las unidades de medida en kilogramos;

Que mediante Comunicación número 2018020390 del 16 de marzo de 2018, el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural (CON) Gas mediante el concepto emitido con respecto al cambio en la unidad de medida en la que se comercializa el GNCV, informó que dicho cambio afecta de diferentes formas no solo al usuario final sino también a los diferentes agentes involucrados, en especial en aspectos operativos y metrológicos relacionados con la variación en la composición del gas, impactando parámetros de calidad como la densidad relativa; parámetro que es empleado...

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