Resolución número 4 0573 de 2018, por la cual se adopta la nueva minuta de contrato especial de concesión minera - 1 de Junio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 727156781

Resolución número 4 0573 de 2018, por la cual se adopta la nueva minuta de contrato especial de concesión minera

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín50611

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 2.5.4.1.4. del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía número 1073 de 2015,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 18 1728 del 6 de octubre de 2009 se adoptó la minuta de contrato especial de concesión minera, utilizada en todos los contratos que celebre la autoridad minera en las áreas de reserva especial delimitadas y declaradas por dicha autoridad o la que haga sus veces;

Que teniendo en cuenta que mediante la Ley 1753 de 2015 (artículos 22, 24 y 53) se incluyeron nuevos elementos relacionados con capacidad económica, gestión social, cierre de minas y prórrogas de concesiones mineras, se hace necesario adoptar una nueva minuta de contrato especial de concesión minera, que contemple los aspectos mencionados, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 248 del Código de Minas y el artículo 2.2.5.4.1.4 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía número 1073 de 2015;

Que para la expedición del presente acto administrativo no se requiere efectuar la publicación de que trata el artículo 8º, numeral 8, de la Ley 1437 de 2001 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, toda vez que no se trata de un proyecto específico de regulación, sino de un trámite interno de adopción de una minuta de un contrato de adhesión;

Que por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto y ámbito de aplicación.

Adoptar la minuta de contrato especial de concesión minera, la cual hace parte integral de la presente resolución como único anexo, que será utilizada en todos los contratos que se celebren por la autoridad minera o concedente con los beneficiarios de Áreas de Reserva Especial declaradas y delimitadas por dicha autoridad.

Artículo 2º Vigencia.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución número 18 1728 de 2009.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de mayo de 2018. El Ministro de Minas y Energía,

Germán Arce Zapata.

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