Resolución número 4 - 0629 de 2019, por la cual se distribuye el cupo de emisión del Certificado de Reembolso Tributario creado por el artículo 365 de la Ley 1819 de 2016, para el año 2019 - 29 de Julio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 801281921

Resolución número 4 - 0629 de 2019, por la cual se distribuye el cupo de emisión del Certificado de Reembolso Tributario creado por el artículo 365 de la Ley 1819 de 2016, para el año 2019

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín51029

La Viceministra de Minas encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Minas y Energía, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 365 de la Ley 1819 de 2016, los artículos 2.2.6.1.4 y 2.2.6.2.7 del Decreto 1073 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 365 de la Ley 1819 de 2016, "por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones", dispuso como incentivo al incremento de las inversiones de exploración y explotación de hidrocarburos y minas, el otorgamiento de un Certificado de Reembolso Tributario (CERT), a los contribuyentes que incrementen dichas inversiones, el cual corresponderá a un porcentaje del valor del incremento.

Que el artículo 2.2.6.1.4 del Decreto 1073 de 2015, adicionado por el artículo 1º del Decreto 2253 de 2017, establece que una vez se conozca el cupo de emisión de CERT definido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Minas y Energía, deberá distribuirlo entre hidrocarburos y minería, señalando adicionalmente cuánto de ese cupo debe destinarse, en hidrocarburos, a proyectos de exploración y a proyectos de aumento de factor de recobro, y en minería, a proyectos de exploración, construcción y montaje y explotación.

Que a través de la Resolución 1548 de 2019, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público definió el cupo de emisión del CERT para el 2019, para los proyectos a ejecutar a partir de dicho año y hasta máximo cuatro (4) años, conforme lo dispone el artículo 2.2.6.2.5 del Decreto 1073 de 2015, en ciento setenta mil ochocientos millones de pesos ($170.800.000.000).

Que mediante la Resolución 4 0341 del 12 de abril de 2019, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, establecieron los rangos de precios de referencia Brent de los seis meses anteriores al mes de entrada en vigencia de dicha resolución, así como los valores del factor multiplicador para el 2019, determinando que no hay lugar a otorgar cupo del CERT para el sector hidrocarburos en el presente año.

Que el precio promedio de la referencia Brent tomada del "US Energy Information Administration (EIA)", para el periodo establecido fue de 65,91 USD/BBL...

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