Resolución número 4 0867 de 2016, por la cual se modifica y adiciona la Resolución número 4 0246 de 2016, mediante la cual se expide el reglamento técnico aplicable al recibo, almacenamiento y distribución de gas licuado de petróleo, GLP - 8 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649011345

Resolución número 4 0867 de 2016, por la cual se modifica y adiciona la Resolución número 4 0246 de 2016, mediante la cual se expide el reglamento técnico aplicable al recibo, almacenamiento y distribución de gas licuado de petróleo, GLP

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín49990

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 2º y 7º del artículo 5º del Decreto número 381 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 4 0246 del 7 de marzo de 2016 el Ministerio de Minas y Energía expidió el reglamento técnico aplicable al recibo, almacenamiento y distribución de gas licuado de petróleo, GLP.

Que la Resolución número 4 0246 de 2016 fue publicada en el Diario Oficial número 49.809 del 8 de marzo de 2016 y el artículo 16 señala que el reglamento técnico entra en vigencia seis (6) meses después de su publicación.

Que mediante comunicación del 29 de julio de 2016 de Ecopetrol S. A., correo electrónico del 5 de agosto de 2016 de Gasnova y presencialmente en el taller convocado para la socialización de los actos administrativos expedidos por el Ministerio de Minas y Energía aplicables a la industria del GLP realizado el 8 de agosto de 2016, las empresas manifestaron sus inquietudes respecto al plazo establecido para la entrada en vigencia de la Resolución número 4 0246 de 2016.

Que en este sentido, se solicitó evaluar la posibilidad de extender el término para la entrada en vigencia del Reglamento, argumentando entre otras razones, la necesidad de realizar inversiones para la adquisición e instalación de equipos y la adecuación de las facilidades de almacenamiento, recibo y entrega de GLP conforme a la reglamentación técnica, así como garantizar la obtención de los certificados de competencias laborales requeridos por la misma.

Que así mismo, mediante comunicaciones con radicados Minminas 2016055224 del 19 de agosto de 2016 y 2016059008 del 5 de septiembre de 2016, CENIT Transporte y Logística de Hidrocarburos S.A.S., solicitó la ampliación de plazo para el cumplimiento del Reglamento Técnico - Resolución número 4 0246 de 2016, planteando igualmente la necesidad de detallar el diagnóstico de las condiciones actuales de la infraestructura a su cargo, respecto a la referida reglamentación y asegurar las certificaciones de las...

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