Resolución número 4 1141 de 2018, por la cual se establece el ingreso alproductor del alcohol carburante y del biocombustible para uso en motores diésel, que regirá a partir del 10 de noviembre de 2018 - 9 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 745734377

Resolución número 4 1141 de 2018, por la cual se establece el ingreso alproductor del alcohol carburante y del biocombustible para uso en motores diésel, que regirá a partir del 10 de noviembre de 2018

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín50772

La Ministra de Minas y Energía, en uso de sus facultades, en especial las señaladas en los Decretos números 381 de 2012, 1617 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 18 del artículo 2º del Decreto número 381 de 2012, modificado por el artículo 1º del Decreto número 1617 de 2013, le corresponde al Ministerio de Minas y Energía definir precios y tarifas de la gasolina, diésel (ACPM), biocombustibles y mezclas de las anteriores;

Que a través de la Resolución números 18 1088 del 23 de agosto de 2005, modificada por las Resoluciones números 18 0222, 18 1232, 18 0825, 18 0643 y 9 1771, del 27 de febrero de 2006, 30 de julio de 2008, 27 de mayo de 2009, 27 de abril de 2012 y 29 de noviembre de 2012, respectivamente, entre otras disposiciones, se definió la metodología de referencia para el cálculo del valor del ingreso al productor del alcohol carburante en el país;

Que mediante Resolución número 18 1780 del 29 de diciembre de 2005, modificada por las Resoluciones números 18 0134 del 29 de enero de 2009, 18 1966 del 24 de noviembre de 2011, 18 1489 del 30 de agosto de 2012, 9 1566 del 27 de septiembre de 2012, 4 0211 del 29 de febrero de 2016 y 4 1010 de octubre de 2018, entre otras disposiciones, se definió la metodología de referencia para el cálculo del valor del ingreso al productor del biocombustible para uso en motores diésel;

Que con base en lo estipulado en el artículo 4º de la Resolución número 4 1010 de octubre de 2018, la Dirección de Hidrocarburos calculó el valor del promedio ponderado por volumen del arancel aplicado en el valor de 0.47%, de acuerdo con la información publicada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), correspondiente hasta el mes de septiembre de 2018. Este valor se tendrá como el valor de arancel estimado a considerar para el cálculo del ingreso al productor del biocombustible para uso en motores...

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