Resolución número 4 1164 de 2017, por la cual se crea el Comité técnico operativo del Convenio Interadministrativo GGC número 489 de 2017, que tiene como objeto 'Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para identificar, proponer y seleccionar técnicas de extracción de oro que contribuyan a la sustitución del mercurio en la minería de subsistencia, en el marco del Proyecto 'Implementation del Plan Estratégico Sectorial para la Eliminación del Uso del Mercurio de la Actividad Minera en el Territorio Nacional - 1 de Noviembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 696089949

Resolución número 4 1164 de 2017, por la cual se crea el Comité técnico operativo del Convenio Interadministrativo GGC número 489 de 2017, que tiene como objeto 'Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para identificar, proponer y seleccionar técnicas de extracción de oro que contribuyan a la sustitución del mercurio en la minería de subsistencia, en el marco del Proyecto 'Implementation del Plan Estratégico Sectorial para la Eliminación del Uso del Mercurio de la Actividad Minera en el Territorio Nacional

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín50404

El Viceministro de Minas Encargado de Funciones del Ministro, en virtud del Decreto 1697 del 18 de octubre de 2017, y en uso de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, el artículo 355 de la Constitución Política, desarrollado por la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 355 de la Constitución Política, señala que "(...) El Gobierno, en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal podrá, con recursos de los respectivos presupuestos, celebrar contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan Nacional y los planes seccionales de desarrollo. El Gobierno nacional reglamentará la materia".

Que de conformidad con el artículo 95 de la Ley 489 de 1998 que establece que "Las entidades públicas podrán asociarse con el fin de cooperar en el cumplimiento de funciones administrativas o de prestar conjuntamente servicios que se hallen a su cargo, mediante la celebración de convenios interadministrativos o la conformación de personas jurídicas sin ánimo de lucro. Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que se conformen por la asociación exclusiva de sus entidades públicas, se sujetan a las disposiciones previstas en el Código Civil y en las normas para las entidades de este género. Sus Juntas o Consejos Directivos estarán integrados en la forma que prevean los correspondientes estatutos internos, los cuales proveerán igualmente sobre la designación de su representante legal", el Ministerio de Minas y Energía suscribió el Convenio Interadministrativo GGC número 489 de 2017.

Que el Convenio Interadministrativo GGC número 489 de 2017, tiene como objeto "Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para identificar, proponer y seleccionar técnicas de extracción de oro que contribuyan a la sustitución del mercurio en la minería de subsistencia, en el marco del Proyecto "Implementación del Plan Estratégico Sectorial para la Eliminación del Uso del Mercurio de la Actividad Minera en el Territorio Nacional".

Que en la cláusula DÉCIMA del Convenio Interadministrativo GGC número 489 de 2017, se estableció, que dado el carácter técnico del mismo, se deberá constituir por parte del Ministerio de Minas y...

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