Resolución número 40248 de 2020, por la cual se levanta la medida de suspensión de términos en la jurisdicción coactiva ejercida por el Ministerio de Minas y Energía - 1 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847763553

Resolución número 40248 de 2020, por la cual se levanta la medida de suspensión de términos en la jurisdicción coactiva ejercida por el Ministerio de Minas y Energía

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín51424

La Secretaria General del Ministerio de Minas y Energía, en virtud de las facultades otorgadas por el numeral 11 del artículo 17 del Decreto 381 de 2012, el Decreto Ley 624 de 1989 - Estatuto Tributario; las Leyes 6 de 1992, 1066 de 2006, 1437 de 2011, 1474 de 2011 y 1564 de 2012; los Decretos 4473 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que desde el pasado 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el actual brote de enfermedad por covid-19 como una pandemia, esencialmente por la velocidad de su propagación y la escala de trasmisión, considerándola una emergencia sanitaria mundial que requiere de una acción efectiva e inmediata por parte de los Gobiernos, las personas y las empresas.

Que el artículo 5º de la Ley 1751 de 2015 dispone que el Estado es responsable de respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud, estableciendo específicamente en su literal c) que le corresponde "Formular y adoptar políticas que propendan por la promoción de la salud, prevención y atención de la enfermedady rehabilitación de sus secuelas, mediante acciones colectivas e individuales".

Que en virtud de lo anterior y mediante Resolución número 385 del 12 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020 e indicó que si las causas que le dieron origen persistían podría ser prorrogada.

Que el artículo 6º del Decreto Legislativo 491 de 20201 dispuso que las autoridades podrían suspender los términos de las actuaciones jurisdiccionales en sede administrativa así:

"Hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social las autoridades administrativas a que se refiere el artículo 1 del presente Decreto, por razón del servicio y como consecuencia de la...

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