Resolución número 40271 de 2020, por la cual se da por terminado un encargo y se provee transitoriamente un empleo de carrera administrativa de la planta del Ministerio de Minas y Energía en vacancia temporal, mediante encargo por derecho preferencial de los empleados de carrera administrativa - 14 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 849500640

Resolución número 40271 de 2020, por la cual se da por terminado un encargo y se provee transitoriamente un empleo de carrera administrativa de la planta del Ministerio de Minas y Energía en vacancia temporal, mediante encargo por derecho preferencial de los empleados de carrera administrativa

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín51437

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, los artículos 2.2.5.4.7 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, el artículo 1º del Decreto 1338 de 2015 y

CONSIDERANDO:

Que en la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía se encuentra vacante el siguiente empleo resultando necesario proveerlo:

Que el inciso primero del artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019, dispone lo siguiente: "Encargo. Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, y una vez convocado el respectivo concurso, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño es sobresaliente".

Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 del 2015, señala que: "Los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo, en los términos señalados en el siguiente capítulo".

Que el inciso tercero del artículo 2.2.5.3.1 del mismo Decreto indica que: "Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera".

Que en virtud del artículo 24 de la Ley 909 de 2004, la Subdirección de Talento Humano realizó la verificación de los funcionarios de carrera administrativa que cumplen con los requisitos para ser encargados en el empleo denominado Profesional Especializado, Código 2028, Grado 19 de la planta de personal del Ministerio, ubicado en la...

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