Resolución número 4151 de 2019, por la cual se delega en los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil en el Departamento del Cauca, la facultad para ordenar y practicar la reconstrucción de unos registros del estado civil - 8 de Mayo de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 783669057

Resolución número 4151 de 2019, por la cual se delega en los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil en el Departamento del Cauca, la facultad para ordenar y practicar la reconstrucción de unos registros del estado civil

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín50947

El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus funciones y en especial de las conferidas por el artículo 9º de la Ley 489 del 29 de diciembre de 1988 y por su artículo 22 del Decreto número 1010 del 6 de junio de 2000.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 266 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo número 01 del 3 de julio de 2003, corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil la dirección y organización del registro civil;

Que, el artículo 209 de la norma Superior establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones;

Que, el artículo 22 del Decreto-ley 1010 de 6 de junio de 2000, consagra que el Registrador Nacional del Estado Civil, mediante acto administrativo, podrá delegar las facultades de ejecución presupuestal, ordenación del gasto, ordenación del pago, contratación y otras competencias administrativas, técnicas o jurídicas, en los términos de los actos de delegación, las disposiciones legales que se refieran sobre la materia y de lo

dispuesto en el mismo decreto y señala que dicha delegación podrá recaer en los servidores públicos de los niveles Directivo y Asesor de la Registraduría Nacional del Estado Civil;

Que, el artículo 5º del Decreto número 1011 del 6 de junio de 2000, señala que dentro de los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, son cargos del nivel Directivo, los Delegados Departamentales;

Que, el artículo 25 del Decreto número 1010 del 6 de junio de 2000, dispone que el Registrador Nacional del Estado Civil, tiene entre otras funciones, la de fijar las políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR