Resolución número 4156 de 2018, por la cual se reglamentan los usos y aprovechamientos de las aguas de la corriente Garzón y sus principales tributarios que discurren por el municipio de Garzón, en el departamento del Huila - 22 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 827879769

Resolución número 4156 de 2018, por la cual se reglamentan los usos y aprovechamientos de las aguas de la corriente Garzón y sus principales tributarios que discurren por el municipio de Garzón, en el departamento del Huila

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena
Número de Boletín51145

La Subdirección de Regulación y Calidad Ambiental de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM), en uso de sus facultades legales, en especial las que delega la Ley 99 de 1993 y las conferidas por la Dirección General según la Resolución número 4041 del 21 diciembre de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante estudio preliminar se revisó los usos existentes sobre la quebrada Garzón y sus principales tributarios, que incluye la quebrada Garzoncito, que discurren por el municipio de Garzón (H), concluyéndose la necesidad de reglamentar dicha corriente, debido a que la mayoría de usuarios no cuentan con concesión de aguas ya que la demanda debe ser ajustada a la oferta hídrica disponible;

Que en atención a lo anterior y al Decreto número 1076 de 2015, se ordenó adelantar los estudios para la reglamentación de los usos y aprovechamientos de las aguas de las Corrientes Garzón y Garzoncito y sus principales tributarios, que discurren por el municipio de Garzón, en el departamento del Huila, mediante Resoluciones CAM número 3989 y número 3990 del 9 de diciembre de 2016, respectivamente, emanada de la Subdirección de Regulación y Calidad Ambiental de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM);

Que dichas providencias fueron comunicadas por la CAM a los usuarios de la quebrada Garzón y sus principales tributarios, que incluye la quebrada Garzoncito, a través de un aviso publicado en los diarios La Nación y Diario del Huila, los días 14 de febrero de 2017 y 28 de julio de 2017, respectivamente;

Que se celebró dos reuniones los días jueves 23 de febrero de 2017, en la Finca Agroturística La Primavera en el municipio de Garzón (Huila), a partir de las 4:00 p. m., y martes 15 de agosto de 2017, en las instalaciones de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena Territorial Centro, ubicada en la Carrera 4A No. 4-46, en el municipio de Garzón (Huila), a partir de las 9:00 a. m., con el propósito de informar a todos los asistentes que profesionales de la CAM estarían recorriendo los cauces de las quebradas Garzón y Garzoncito, con el fin de recolectar información en campo, georreferenciar y localizar puntos y áreas de interés; se indicaron trámites y se definieron sitios donde se llevaría a cabo visitas de inspección ocular a que hace referencia el artículo 2.2.3.2.13.1 del Decreto número 1076 de 2015;

Que una vez efectuadas las respectivas publicaciones se procedió a realizar las correspondientes visitas oculares, se revisaron las concesiones de las corrientes por los funcionarios idóneos de la Corporación y se tuvieron en cuenta aspectos tales como Cartografía, Censo de usuarios de aprovechamiento de aguas, hidrometeorológicos, agronómicos, riego y drenaje, socioeconómicos, obras hidráulicas, de incidencia en el desarrollo de la región, de incidencia ambiental del uso actual y proyectado del agua, legales, módulos de consumo y control y vigilancia de los aprovechamientos;

Que una vez presentada la documentación requerida para hacerse parte dentro del proceso de la reglamentación se determinaron las necesidades de cada uno de los predios solicitantes y se diagnosticó lo referente a los actuales y potenciales consumos de agua para cada predio;

Que uno de los principales objetivos para considerar la concesión del recurso hídrico es el cubrimiento general a todos los usuarios localizados dentro del área de influencia de estas fuentes, para las actividades propias como: Uso doméstico, agrícola y pecuario, consecuencialmente garantizar el no agotamiento del caudal de la corriente asegurando la preservación de cualquier forma de vida ictiológica que en dicho cauce existan (caudal ambiental para el mantenimiento y preservación del cauce principal);

Que con base en todos los estudios y visitas a los diferentes predios a beneficiarse de las aguas de estas corrientes, se elaboró el Cuadro de Distribución de caudales de la quebrada Garzón y sus principales tributarios que incluye la quebrada Garzoncito, el cual fue puesto en conocimiento de los usuarios mediante aviso publicado por dos veces en los diarios de mayor circulación de la región, correspondientes al Diario del Huila y Diario La Nación; el primer aviso fue publicado el día miércoles 25 de abril de 2018, y el segundo aviso se publicó el día miércoles 16 de mayo de 2018, además se puso a disposición en la Subdirección de Regulación y Calidad Ambiental (Carrera 1 No. 60-79 Neiva-Huila), Dirección Territorial Centro (Carrera 4A No. 4-46 Garzón-Huila) y la alcaldía del municipio de Garzón (Carrera 8 No. 7-74 Esquina, Garzón-Huila, Tel. 8332000), para la respectiva revisión y formulación de las objeciones a que hubiera lugar conforme a lo estipulado en el artículo 2.2.3.2.13.5. del Decreto número 1076 de 2015 "Con base en los estudios y visitas a que se refieren los artículos anteriores, se elaborará un proyecto de distribución de aguas. Este proyecto se comunicará a los interesados mediante aviso que se publicará por dos (2) veces con intervalo de diez (10) días entre uno y otro, en dos de los periódicos de mayor circulación en el Departamento o Municipio correspondiente, con el fin de que puedan presentar las objeciones que consideren pertinentes dentro de los veinte (20) días siguientes a la publicación del último aviso";

Que cumplidos los trámites señalados en los artículos 2.2.3.2.13.5. y 2.2.3.2.13.6. del Decreto número 1076 de 2015, la Corporación recibió y analizó las objeciones presentadas por los usuarios de las fuentes, concluyendo lo siguiente:

Objeciones y respuestas al Proyecto de Distribución de Caudales Quebrada Garzón y sus principales tributarios

Que el Proyecto Final de Distribución de Caudales de la corriente Garzón y sus principales tributarios que incluye la quebrada Platanillal, Paramillo, La Vega, Careperro, Cascajosa y Garzoncito con su tributario quebrada Carne Asada, es acogido por la Subdirección de Regulación y Calidad Ambiental por competencia;

Que del Estudio de Reglamentación de la corriente Garzón y sus principales tributarios que incluye la quebrada Platanillal, Paramillo, La Vega, Careperro, Cascajosa y Garzoncito con su tributario quebrada Carne Asada, que discurren por el municipio de Garzón (H.), generado de oficio a partir de la consolidación del trabajo efectuado por profesionales...

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