Resolución número 4251 de 2019, por la cual se modifica la Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017 - 5 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 802961685

Resolución número 4251 de 2019, por la cual se modifica la Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín51036

La Viceministra de Relaciones Exteriores Encargada de las Funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 14 y 17 del artículo 7º del Decreto número 869 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que según lo dispone el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los representantes legales de las entidades públicas podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, Grupos Internos de Trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo.

Que mediante Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017, se crearon los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que de conformidad con el artículo 2.2.4.6.3 del Decreto número 1072 de 2015, la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) es la disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores, cuyo componente de diseño, ejecución y evaluación de los programas del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores está en cabeza del Grupo Interno de Trabajo de Bienestar, Desarrollo de Personal y Capacitación, razón por la cual se hace necesario cambiar el nombre de dicho grupo por el de Bienestar, Capacitación, Seguridad y Salud en el Trabajo.

Que en el artículo 1º de la Resolución número 9709 de 2017, se creó el Grupo Interno de Trabajo de Estrategia y Participación Ciudadana, adscrito a la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional, siendo el nombre correcto -Grupo Interno de Trabajo de Estrategia, Proyectos y Participación Ciudadano-.

Que de conformidad con las funciones asignadas en la citada Resolución, le corresponde al Grupo Interno de Trabajo de Conceptos y Regulación Normativa, la administración y actualización del normograma de la entidad, razón por la cual dejará de estar a cargo del Grupo Interno de Trabajo de Gestión y Desempeño Institucional, adscrito a la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional dicha actividad.

Que por la naturaleza de las funciones que desarrolla el Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Legales se hace necesario que se encargue de la formulación de las políticas de prevención del daño antijurídico.

Que se hace necesario modificar las funciones de los Grupos Internos de Trabajo de Gestión y Desempeño Institucional y de Estrategia, Proyectos y Participación Ciudadana, adscritos a la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecidas en los artículos 80 y 81 de la Resolución número 9709 de 2017.

Que el considerable aumento en el número de tutelas recibidas en la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano y en varios grupos de trabajo, así como derechos de petición, elaboración y revisión de resoluciones y decretos, contratos (incluida la licitación de pasaportes), proposiciones del Congreso y proyectos de ley, repatriación de personas privadas de la libertad (Comisión Intersectorial), entre otras, hace necesario crear un Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Jurídico en dicha Dirección.

Que de conformidad con las funciones asignadas por el artículo 21 del Decreto número 869 de 2016 a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano, teniendo en cuenta el volumen de las actividades a desarrollar en materia migratoria, participación en foros, instancias y mecanismos multilaterales y bilaterales, se hace necesario crear el Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Migratorios.

Que debido a la situación de crisis multidimensional en Venezuela y su impacto creciente para Colombia, se hace necesario crear el Grupo Interno de Trabajo Asuntos con Venezuela adscrito a la Dirección de América, con el objetivo de desarrollar un trabajo profundo y analítico en torno a la ejecución de la política exterior del país frente a la República Bolivariana de Venezuela y la producción de nuevos y más agudos documentos de análisis al respecto, que requieren una coordinación importante tanto al interior de la Cancillería, como con las otras Entidades del Estado.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 7º numeral 14 del Decreto número 869 de 2016, corresponde al Ministro de Relaciones Exteriores crear, organizar y reglamentar, mediante Resolución los grupos internos de trabajo, con el fin de desarrollar los objetivos, políticas, planes, programas y proyectos del Ministerio.

Que acorde con la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores, es necesario actualizar, consolidar y modificar su estructura interna, teniendo en cuenta las nuevas funciones, retos de la política exterior, objetivos estratégicos, programas y proyectos, por lo que se hace necesario modificar y adicionar la Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Adición.

Adicionar a la Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017, los siguientes Grupos Internos de Trabajo en la Dirección de América y en la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano:

Artículo 3º Modificar.

Modifíquese el artículo 54 de la Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017, el cual quedará así:

Artículo 54. Grupo Interno de Trabajo de Bienestar, Capacitación, Seguridad y Salud en el Trabajo. Corresponde al Grupo Interno de Trabajo de Bienestar, Capacitación, Seguridad y Salud en el Trabajo, adscrito a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores, ejercer las siguientes funciones:

  1. Elaborar el diagnóstico de necesidades de capacitación, bienestar social y salud ocupacional para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

  2. Diseñar, implementar y evaluar los programas de formación y desarrollo de personal para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

  3. Diseñar, ejecutar, mantener y verificar el funcionamiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

  4. Diseñar, ejecutar y evaluar en conjunto con la ARL los programas del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

  5. Diseñar, implementar y evaluar el sistema de reconocimientos e incentivos del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con la legislación vigente sobre la materia.

  6. Coordinar con la Caja de Compensación Familiar la prestación de servicios relacionados con su competencia.

  7. Realizar y proyectar los análisis técnicos, económicos, de mercado y presupues-tal, para la adquisición de los bienes y servicios requeridos por el Grupo, en atención a las funciones asignadas al mismo.

  8. Realizar el seguimiento a la ejecución de la póliza de salud para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores que prestan sus servicios en las Misiones Diplomáticas y Oficinas consulares de Colombia acreditadas en el exterior.

  9. Realizar los estudios técnicos para la adquisición de la dotación de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y coordinar la entrega de la misma, de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.

  10. Participar en la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de su competencia.

  11. Presentar los informes que sean requeridos por el Secretario General, el Director de Talento Humano, los organismos de control y demás entidades, relacionados con las funciones asignadas al Grupo Interno de Trabajo.

  12. Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el grupo de trabajo y velar por su correcto archivo y conservación.

  13. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.

Artículo 4º Modificar.

Modifíquese el artículo 78 de la Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017, el cual quedará así:

Artículo 78. Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Legales. Corresponde al Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Legales, adscrito a la Oficina Asesora Jurídica Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, ejercer las siguientes funciones:

  1. Coordinar y realizar el reparto de todos los procesos judiciales, extrajudiciales, administrativo, acciones de cumplimiento, acciones populares y de grupo, que se adelanten ante las autoridades jurisdiccionales colombianas, así como de las diligencias de conciliación en los que el Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio adscrito hagan parte a nivel nacional.

  2. Hacer seguimiento de la defensa jurídica ejercida por los abogados del Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Legales, en los procesos que se adelanten en la jurisdicción nacional y en los cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio sean parte demandante o demandada.

  3. ...

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