Resolución número 4261 de 2018, por la cual se modifica el Plan Especial de Manejo y Protección del Centro Histórico de Barichara, el Camino de Guane y sus Zonas de Influencia, aprobado mediante Resolución número 0688 del 20 de marzo de 2015 - 27 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 753036229

Resolución número 4261 de 2018, por la cual se modifica el Plan Especial de Manejo y Protección del Centro Histórico de Barichara, el Camino de Guane y sus Zonas de Influencia, aprobado mediante Resolución número 0688 del 20 de marzo de 2015

EmisorMinisterio de Cultura
Número de Boletín50819

La Ministra de Cultura, en ejercicio de las facultades que le confiere del numeral 1 del artículo 11 de la Ley 397 de 1997 (modificado por el artículo 7º de la Ley 1185 de 2008), y el Decreto 1080 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno nacional, mediante el Decreto número 1654 del 3 de agosto de 1978, declaró Monumento Nacional el Centro Histórico de Barichara, que de conformidad con el artículo 4º de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 1º de la Ley 1185 de 2008, es Bien de Interés Cultural del Ámbito Nacional;

Que mediante la Resolución número 0688 del 20 de marzo de 2015, el Ministerio de Cultura aprobó "el Plan Especial de Manejo y Protección del Centro Histórico de Barichara, el Camino a Guane y sus Zonas de Influencia, declarados bienes de interés cultural del ámbito nacional", la cual entró en vigencia el 2 de mayo de 2015 fecha en la cual fue publicada en el Diario Oficial número 49.499;

Que mediante Resolución número 1804 del 23 de junio de 2017 fue modificado el Plan Especial de Manejo y Protección del Centro Histórico de Barichara;

Que la propuesta de modificación del PEMP de Barichara se presentó en sesión ordinaria del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, como consta en el numeral 13 del Acta número 2 del 30 de mayo y 7 de junio de 2018, el cual emitió concepto en el siguiente sentido:

Los consejeros también aprobaron el cambio de nivel de intervención, de 2 a 3, de los 29 inmuebles que no tienen los valores requeridos para permanecer en el nivel 2;

Que el parágrafo 1º del artículo 111 del PEMP Resolución 0688 de 2015, señala: Artículo 111. Instancias de decisión y procedimientos establece que, "en el momento en que estén formuladas y aprobadas por el ministerio de Cultura las fichas normativas de manzanas, las competencias de los niveles 2 y 3, se trasladarán al Municipio de Barichara, siendo obligación del mismo, remitir al Ministerio de Cultura informes de los proyectos de intervención autorizados mensualmente, a fin de poder realizar el seguimiento del PEMP;

Que en virtud del precitado parágrafo 1º del Artículo 111, el Ministerio de Cultura realizó el Contrato 2986 de 2017 con objeto: "CONTRATAR LA CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE 200 FICHAS NORMATIVAS DE PREDIOS NIVEL 2 Y DE 14 MANZANAS UBICADAS EN EL ÁREA AFECTADA DEL CENTRO HISTÓRICO DE BARICHARA, SANTANDER", cuyo consultor fue el CONSORCIO NVP representado legalmente por el arquitecto NÉSTOR ADEL VARGAS PEDROZA, como consta en el citado contrato;

Que producto del Contrato 2986 de 2017, la Dirección de Patrimonio recibió la siguiente documentación, mediante el oficio Radicado con número MC08600E2018 del 10 de abril de 2018:

- 200 fichas correspondientes a:

- Manzana 23: Predio 4.

- Manzana 25: Predios 2, 8 y 9.

- Manzana 26: Predios 3, 7, 9, 12, 14 y 16.

- Manzana 27: Predios 2 y 3.

- Manzana 32: Predios 2, 3 y 4.

- Manzana 33: Predios 1, 2, 3, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 15, 16 y 18.

- Manzana 34: Predios 1 y 7.

- Manzana 35: Predios 2, 4, 5, 7 y 9.

- Manzana 36: Predios 1, 2, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 17.

- Manzana 42: Predios 1, 2, 3, 4, 5, 11, 16, 19, 20, 21 y 22.

- Manzana 43: Predios 1, 2, 4, 6, 7, 8, 9, 10 y 12.

- Manzana 45: Predios 1, 4, 5, 7, 9, 14, 15, 23 y 24.

- Manzana 46: Predios 1, 4, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 18, 19, 20, 23, 24, 25 y 27.

- Manzana 53: Predios 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12 y 13.

- Manzana 54: Predios 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21.

- Manzana 55: Predios 2, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 25, 26 y 29.

- Manzana 56: Predios 1, 5, 6, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 23, 24, 28, 31 y 32.

- Manzana 57: Predios 1, 3, 4, 5, 9, 10, 11, 14, 16 y 91.

- Manzana 63: Predios 2, 4, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 22 y 24.

- Manzana 64: Predios 1, 4, 8, 9, 10 y 12.

- Manzana 65: Predios 1, 2, 4, 5, 8, 9, 10, 16, 19, 21 y 23.

- Manzana 66: Predios 1, 2, 4, 5, 6, 9 y 23.

- Cuatro (4) planos normativos correspondientes a:

- F- 02: Niveles permitidos de intervención.

- F- 03: Usos permitidos Barichara.

- F- 04: Tipologías edificatorias Barichara.

- F- 05: Inventario Alturas Barichara.

Que a través del reconocimiento predio a predio de las edificaciones y de la actualización catastral realizada en el proceso de desarrollo de la consultoría, el arquitecto NÉSTOR ADEL VARGAS PEDROZA recomendó algunas modificaciones al PEMP en cuanto a niveles, usos, tipologías y alturas;

Que las 200 fichas normativas producidas mediante el Contrato 2986 de 2017 constituyen el estudio técnico exigido por el Artículo 124 del PEMP, que establece, "La modificación del presente plan requiere la elaboración previa de un estudio técnico en el que se sustenten las modificaciones, en concordancia con la legislación nacional sobre patrimonio cultural y la aplicación y seguimiento del PEMP";

Que la Dirección de Patrimonio estudió las 200 fichas normativas elaboradas y pudo determinar que 198 de ellas son técnicamente viables y van en dirección de mejorar la implementación del PEMP. Asimismo, analizó las recomendaciones realizadas por el consultor encontrando que 29 de los 31 predios propuestos para cambio de nivel se ajustan a los parámetros de valoración establecidos en el PEMP, por lo que encuentra viable la modificación del instrumento normativo;

Que el cambio de nivel autorizado para 29 inmuebles, que estaban clasificados en el Nivel 2 de intervención en el PEMP, y que pasaran a nivel 3 de intervención, se fundamenta en el estudio de los criterios de valoración consignados en el Decreto 1080 de 2015 y aplicados en el estudio técnico realizado, como a continuación se expone:

Manzana 32 - Predio 4: En la zona posterior del predio con acceso a través de una rampa y separado por una terraza, se ubica una segunda construcción en mampostería de dos pisos con un patio central con cubierta en acrílico, este tiene habitaciones con baño en dos crujías, una de ellas doble...

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