Resolución número 4320 de 2020, por la cual se adopta el Manual Operativo del Programa Generaciones Sacúdete (Generaciones 2.0) y se deroga la Resolución número 6100 de 2019 'Por la cual se adopta el Manual Operativo del Programa Generaciones 2.0' - 29 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846943784

Resolución número 4320 de 2020, por la cual se adopta el Manual Operativo del Programa Generaciones Sacúdete (Generaciones 2.0) y se deroga la Resolución número 6100 de 2019 'Por la cual se adopta el Manual Operativo del Programa Generaciones 2.0'

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín51390

La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de La Fuente de Lleras (ICBF), en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 7 de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 334 de 1980, el artículo 2º del Decreto 987 de 2012, el Decreto 380 de 2020, las demás normas concordantes y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia señala como derechos fundamentales de las niñas y los niños la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado, el amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión, así como los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

Que el citado artículo constitucional señala la obligación de la familia, la sociedad y el Estado de asistirlos y protegerlos para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos en virtud del principio de interés superior.

Que el Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006, establece en su artículo 11 parágrafo único, que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar mantendrá todas las funciones que tenía hasta ese momento en virtud de la Ley 75 de 1968 y la Ley 7 de 1979 y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes y asegurar su restablecimiento cuando hubiere lugar.

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo y el numeral 4 del artículo del Decreto 879 de 2020, que modificó el Decreto 987 de 2012, corresponde a las Direcciones de Infancia y de Adolescencia y Juventud definir los lineamientos técnicos para la promoción y garantía de los derechos de la infancia y la prevención de su vulneración, y verificar su aplicación en los programas del Instituto, así como apoyar en la formulación e implementación de planes, programas y proyectos en favor de la adolescencia y la juventud.

Que en el año 2018 Colombia adopta la Política Nacional de Infancia y Adolescencia (PNIA) (2018-2030) la cual tiene por objeto "generar las, condiciones de bienestar, acceso a oportunidades con equidad e incidencia de las niñas, los niños y los adolescentes en la transformación del país".

Que las Bases del Plan Nacional de Desarrollo estipulan que " El pacto por la equidad es un pacto por una política social moderna centrada en la familia, eficiente, de calidad y conectada a mercados" en el capítulo "Primero las niñas y los niños: desarrollo integral desde la primera infancia hasta la adolescencia" que "El ICBF fortalecerá su misión de proteger integralmente a la niñez, al consolidar los programas y acciones que busquen su desarrollo integral y la configuración de proyectos de vida en el marco del modelo de enfoque diferencial de derechos. Los programas de atención a la infancia y...

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