Resolución número 4386 de 2018, por la cual se crea e implementa el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia (Rutec) - 8 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 745063677

Resolución número 4386 de 2018, por la cual se crea e implementa el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia (Rutec)

EmisorMinisterio del Trabajo
Número de Boletín50771

La Ministra del Trabajo, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 1º, numeral 18 del artículo 2º y el numeral 17 del artículo 6º del Decreto-ley 4108 de 2011, en desarrollo de la Sección 2 del Capítulo 8 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo y del artículo 10 del Decreto número 1288 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso 2º del artículo de la Constitución Política consagra que "(...) Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades",

Que el numeral 3 del artículo 16 de la Ley 146 de 1994, "Por medio de la cual se aprueba la Convención Internacional sobre la protección de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares" indica: "La verificación por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley de la identidad de los trabajadores migratorios o de sus familiares se realizará con arreglo a los procedimientos establecidos por la ley";

Que el numeral 1 del artículo 25 de la norma precitada, establece que los trabajadores migratorios gozarán de un trato que no sea menos favorable que el que reciban los nacionales del Estado receptor, en lo referente a la remuneración y otras condiciones laborales;

Que con fundamento en lo establecido en el artículo 9º de la Decisión 545 de la CAN, el trabajador migrante andino, al ingresar en calidad de tal, al país de Inmigración o al aceptar un contrato de trabajo en dicho país, deberá presentarse a la Oficina de Migración Laboral correspondiente, para efectos de su registro y control subsiguiente por parte de los organismos nacionales competentes, donde se le expedirá la documentación que califique la condición de trabajador migrante andino y facilitará la información necesaria para su incorporación al trabajo y sobre las condiciones generales de vida y requisitos a que deberá someterse en el país de inmigración;

Que el artículo 1º del Decreto número 4108 de 2011, establece que el Ministerio del Trabajo tiene dentro de sus objetivos, fomentar políticas y estrategias para la movilidad laboral;

Que el numeral 18 del artículo del citado Decreto...

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