Resolución número 4548 de 2016, por la cual se autoriza a Centrales Eléctricas de Nariño S.A E.S.P. para celebrar un empréstito interno y de pignoración de rentas con Bancolombia S. A., hasta por la suma de veintiocho mil millones de pesos ($28.000.000.000) moneda legal colombiana - 23 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656247681

Resolución número 4548 de 2016, por la cual se autoriza a Centrales Eléctricas de Nariño S.A E.S.P. para celebrar un empréstito interno y de pignoración de rentas con Bancolombia S. A., hasta por la suma de veintiocho mil millones de pesos ($28.000.000.000) moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50096

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 y el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto número 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicaciones radicadas bajo el número 1-2016-092185 y 1-2016104882 del 28 de octubre y 9 de diciembre de 2016 respectivamente, Centrales Eléctricas

de Nariño S. A. E.S.P. solicitó autorización para celebrar una operación de crédito interno por valor de veintiocho mil millones de pesos ($28.000.000.000) moneda legal colombiana, con el propósito de fondear la segunda etapa de los proyectos de Inversión con destino a: Construcción de Subestaciones Eléctricas denominadas San Martín y La Jardinera, igualmente la construcción de la Línea de distribución Ipiales;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, dispone que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto número 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto número 1068 de 2015, dispone que la celebración de contratos de empréstito interno por las entidades descentralizadas del orden nacional, requerirá autorización para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista, impartida mediante Resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación y las correspondientes minutas definitivas;

Que Centrales Eléctricas de Nariño S. A. E.S.P., es una empresa de servicios públicos mixta, de nacionalidad colombiana, constituida como sociedad por acciones, del tipo de las anónimas, sometida al régimen general de los servicios públicos domiciliarios y que ejerce sus actividades dentro del ámbito del derecho privado como empresario mercantil;

Que según consta en la certificación del 4 de noviembre de 2016, suscrita por el Secretario de la Junta Directiva de Centrales Eléctricas de Nariño S. A. E.S.P., la Junta Directiva en reunión ordinaria del día 29 de febrero de 2016, aprobó por unanimidad autorizar al Representante Legal de la Entidad para contratar un crédito, hasta por la suma de 28 mil millones de pesos, con el Sector Bancario, a un plazo máximo de diez 10 años, con 2 de gracia, a la mejor tasa del mercado y otorgar como garantía para el crédito la renta denominada Venta de...

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