Resolución número 461 de 2016, por medio de la cual se deroga la Resolución número 109 de 2016 y se modifica el Manual de Contratación de RTVC - 10 de Enero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 657488809

Resolución número 461 de 2016, por medio de la cual se deroga la Resolución número 109 de 2016 y se modifica el Manual de Contratación de RTVC

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Radio Televisión Nacional de Colombia
Número de Boletín50112

El Gerente de Radio Televisión Nacional de Colombia, nombrado en el cargo mediante Decreto número 1222 del 4 de junio de 2015, debidamente posesionado mediante Acta número 2064 del 9 de junio de 2015, en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC), es una entidad descentralizada indirecta del orden nacional, con carácter de sociedad entre entidades públicas, sometida al régimen de empresa industrial y comercial del Estado, cuyo objeto es la programación, producción y operación de la red de radio y televisión pública, perteneciente al sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, creada mediante Escritura Pública número 3138 del 28 de octubre de 2004, registrada en la Notaría 34 de Bogotá y debidamente inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá.

Que los artículos 85 y 93 de la Ley 489 de 1998, definen el régimen aplicable en materia de contratación de las empresas industriales y comerciales del Estado;

"Artículo 85. Empresas industriales y comerciales del Estado. Las empresas industriales y comerciales del Estado son organismos creados por la ley o autorizados por esta, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial y de gestión económica conforme a las reglas del derecho privado...".

"Artículo 93. Régimen de los actos y contratos. Los actos que expidan las empresas industriales y comerciales del Estado para el desarrollo de su actividad propia, industrial o comercial o de gestión económica se sujetarán a las disposiciones del derecho privado. Los contratos que celebren para el cumplimiento de su objeto se sujetarán a las...

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