Resolución numero 4929 de 2018, por medio de la cual se adopta la distribución de recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC) y se dictan otras disposiciones - 15 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 746179661

Resolución numero 4929 de 2018, por medio de la cual se adopta la distribución de recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC) y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio del Trabajo
Número de Boletín50778

La Ministra del Trabajo, en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial de las contenidas en el numeral 2 del artículo del Decreto 4108 de 2011, en el parágrafo 1º del artículo 23 de la Ley 1636 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1636 de 2013 creó el Mecanismo de Protección al Cesante con la finalidad de articular y ejecutar un sistema integral de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo y facilitar la reinserción de la población cesante en el mercado laboral.

Que el artículo 19 de la citada norma, creó el Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC), bajo la administración de las Cajas de Compensación Familiar, con el fin de financiar el Mecanismo de Protección al Cesante.

Que el Decreto 454 de 2017 modificó los artículos 2.2.6.1.3.12 y 2.2.6.1.3.17 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo y se adicionó al Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del mismo Decreto, las Secciones 8 y 9, donde se definió como una nueva subcuenta del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC), la promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial.

Que el numeral 3 del artículo 2.2.6.1.3.13 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, precisó respecto de la apropiación de recursos del Fondo, que una vez excluidas las sumas de las comisiones por la labor administrativa, estos se distribuirán para atender las finalidades previstas en la Ley 1636 de 2013, de conformidad con la Resolución de Distribución de Recursos que dicte anualmente el Ministerio del Trabajo.

Que de acuerdo con la disposición referida en el considerando anterior, para proferir la resolución de distribución de recursos, el Ministerio del Trabajo tendrá en cuenta los informes presentados por la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, la dinámica del mercado laboral, el funcionamiento de los diferentes componentes del Mecanismo de Protección al Cesante y el comportamiento de los recursos de cada subcuenta del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC).

Que el Consejo Nacional de Mitigación del Desempleo en sesión realizada el 4 de febrero de 2014, consideró los porcentajes propuestos por el Ministerio del Trabajo para las subcuentas del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC), y aprobó la estructura de comisiones y los gastos de administración para las Cajas de Compensación Familiar en razón de la administración de dicho Fondo.

Que, cumpliendo las anteriores disposiciones, el Ministerio del Trabajo ha proferido las Resoluciones 531 de...

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