Resolución número 4955 de 2017, por la cual se conforma y estructura el Comité Asesor para el estudio, análisis y seguimiento a los documentos LOR y LOA del Programa de Asistencia y Seguridad del Gobierno de los Estados Unidos y se dictan otras disposiciones - 14 de Julio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 687446565

Resolución número 4955 de 2017, por la cual se conforma y estructura el Comité Asesor para el estudio, análisis y seguimiento a los documentos LOR y LOA del Programa de Asistencia y Seguridad del Gobierno de los Estados Unidos y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50294

El Ministro de Defensa Nacional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial aquellas conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el artículo 2º del Decreto 4890 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo de Asistencia Militar del 17 de abril de 1952, firmado entre los Gobiernos de los Estados Unidos de América y de la República de Colombia, se facultó la implementación del Programa de Asistencia y Seguridad, mediante el cual el Gobierno de los Estados Unidos realiza la venta de bienes y/o servicios de defensa a la República de Colombia;

Que con el fin de organizar y coordinar el buen uso de las adquisiciones que se realizan a través de este Programa de Asistencia y Seguridad del Gobierno de los Estados Unidos, se

requiere para su adecuada planeación, ejecución y seguimiento la definición de funciones y competencias en el Sector Defensa de la Nación;

Que mediante Resolución 1088 del 2 de marzo 2012, se creó el Comité Asesor para el estudio, análisis y seguimiento a los documentos LOR y LOA del Programa de Asistencia y Seguridad del Gobierno de los Estados Unidos y se derogó la Resolución 4157 del 24 de septiembre de 2008;

Que mediante la Resolución 1490 del 24 de febrero de 2014 y la Resolución 738 del 11 de febrero 2015 se modificó parcialmente la composición y funciones del Comité Asesor para el estudio, análisis y seguimiento a los documentos LOR y LOA del Programa de Asistencia y Seguridad del Gobierno de los Estados Unidos;

Que es necesario realizar ajustes a la composición y funciones del Comité, así como en los procedimientos para el estudio de proyectos que se analizarán en dicha instancia, con el fin de articular las decisiones de inversión y gasto en el Sector Defensa con el Modelo de Planeación y Desarrollo de las Capacidades de la Fuerza Pública,

RESUELVE:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 5

Comité asesor para el estudio, análisis y seguimiento a los documentos LOR y LOA del Programa de Asistencia y Seguridad del Gobierno de los Estados Unidos

Artículo 1º Conformación.

Conformar el Comité Asesor para el estudio, análisis y seguimiento a los documentos LOR y LOA del Programa de Asistencia y Seguridad del Gobierno de los Estados Unidos, el cual estará integrado por los siguientes miembros:

  1. El Viceministro para la Estrategia y Planeación, quien lo presidirá.

  2. El Viceministro del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa "GSED" y Bienestar.

  3. El Jefe de Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Militares.

  4. Los Jefes de Operaciones Logísticas o su equivalente en cada una de las Fuerzas.

  5. El Director Administrativo y Financiero de la Policía Nacional.

  6. El Jefe de Planeación Estratégica y Transformación del Comando General de las Fuerzas Militares.

  7. El Secretario General del Ministerio de Defensa Nacional.

  8. El Director de Contratación Estatal del Ministerio de Defensa Nacional.

  9. El Director de Finanzas del Ministerio de Defensa Nacional.

  10. El Director de Logística del Ministerio de Defensa Nacional.

  11. El Director de Proyección de Capacidades del Ministerio de Defensa Nacional.

  12. El Director de Desarrollo del Capital Humano del Ministerio de Defensa Nacional.

  13. El Director de Ciencia, Tecnología e Innovación del Ministerio de Defensa Nacional.

  14. El Director de Planeación y Presupuestación del Ministerio de Defensa Nacional, quien será el Secretario Técnico.

Parágrafo 1º. Asistencia. La participación de los integrantes del Comité Asesor es obligatoria e indelegable, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificada. Cuando uno de los miembros del Comité no pueda asistir a una sesión deberá comunicarlo por escrito, enviando al Despacho del Viceministro para la Estrategia y Planeación y a la Secretaría Técnica la correspondiente excusa, con la indicación de las razones de su inasistencia, lo cual se hará a más tardar un día (1) hábil antes de la respectiva sesión del Comité, con el fin de que el Secretario Técnico verifique la existencia del mínimo quórum para deliberar.

Parágrafo 2º. Invitados permanentes. Serán invitados permanentes los servidores públicos que, por las funciones y responsabilidades que cumplen su dependencia, les corresponde proporcionar la información necesaria para la toma de decisiones del Comité Asesor, y asistirán a las reuniones con voz pero sin voto. Serán invitados permanentes los Jefes de Planeación de cada una de las Fuerzas...

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