Resolución número 500-004233 de 2020, por la cual se adopta en la Superintendencia de Sociedades el Protocolo Interno de Bioseguridadpara el manejo inteligente, reporte, atención y seguimiento frente al COVID-19 - 1 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844905864

Resolución número 500-004233 de 2020, por la cual se adopta en la Superintendencia de Sociedades el Protocolo Interno de Bioseguridadpara el manejo inteligente, reporte, atención y seguimiento frente al COVID-19

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín51332

La Secretaria General de la Superintendencia de Sociedades, en ejercicio de sus funciones, en especial las delegadas en el artículo 31 de la Resolución número 100-001107 del 31 de marzo de 2020,

CONSIDERANDO:

Primero. Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución número 385 del 12 de marzo de 2020, por la cual se declara la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus, estableciendo disposiciones destinadas a la prevención y contención del riesgo epidemiológico asociado al nuevo Coronavirus COVID-19.

Segundo. Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución número 844 del 26 de mayo de 2020, por la cual se prorroga la emergencia sanitaria por el nuevo Coronavirus que causa la COVID-19, se modifica la Resolución número 385 del 12 de marzo de 2020, modificada por las Resoluciones números 407 y 450 de 2020 y se discutan otras disposiciones, y dispuso la prórroga de la Emergencia Sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 31 de agosto de 2020, y así mismo ordenó la implementación de protocolos de bioseguridad que deban implementar los diversos sectores o actividades.

Tercero. Que de conformidad con el Decreto Legislativo 539 del 13 de abril del 2020, durante el término de la emergencia sanitaria, el Ministerio de Salud y Protección Social es la entidad encargada de determinar y expedir los protocolos que sobre bioseguridad se requieran para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública, con el fin de mitigar, controlar, evitar la propagación y efectuar el adecuado manejo de la pandemia del COVID-19.

Cuarto. Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución número 666 del 24 de abril de 2020 adoptó el Protocolo General de Bioseguridad para mitigar, controlar y efectuar el adecuado manejo de la pandemia del COVID-19, aplicable para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública, con excepción del sector Salud, y sin perjuicio de las especificaciones propias de los protocolos que se estimen pertinentes para cada sector.

Quinto. Que el Presidente de la República, mediante Directiva 03 del 22 de mayo de 2020, dirigida a todos los organismos y entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, dispuso:

(...) Durante la vigencia de la Emergencia...

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