Resolución número 5210 de 2017, por la cual se modifica el artículo 8.2.2.1 de la Sección 2 Capítulo 2 Título VIII de la Resolución número CRC 5050 de 2016 - 5 de Septiembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 692917177

Resolución número 5210 de 2017, por la cual se modifica el artículo 8.2.2.1 de la Sección 2 Capítulo 2 Título VIII de la Resolución número CRC 5050 de 2016

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión de Regulación de Comunicaciones
Número de Boletín50347

La Comisión de Regulación de Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la Ley 1341 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que en ejercicio de las facultades legales previstas en la Ley 1341 de 2009 y el artículo 54 de la Ley 1450 de 2011, el cual dispuso que la CRC debía expedir el reglamento técnico en materia de instalación de redes de telecomunicaciones en los inmuebles que tengan un régimen de copropiedad o propiedad horizontal, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), expidió la Resolución número CRC 4262 de 2013, "por la cual se expide el Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones (Ritel), que establece las medidas relacionadas con el diseño, construcción y puesta en servicio de las redes internas de telecomunicaciones en la República de Colombia y se dictan otras disposiciones", la cual se encuentra compilada en el Capítulo 2 Título VIII y el Anexo 8.1 del Título de Anexos de la Resolución número CRC 5050 de 2016.

Que mediante Resolución número CRC 4786 de 2015, hoy compilada en la Sección 2 Capítulo 2 Título VIII de la Resolución 5050 de 2016, la Comisión determinó "Suspender los efectos del Capítulo 2 del Título VIII hasta el 7 de septiembre de 2017. En consecuencia, el Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones (Ritel) volverá a entrar en vigencia a partir del 8 de septiembre de 2017".

Que luego de la suspensión del Ritel, y con el objeto de preparar la entrada en vigencia de la citada norma, en el año 2016 la Comisión contrató a la Universidad Nacional de Colombia sede Medellín para realizar el estudio y análisis de los costos asociados a la implementación del Ritel en la construcción de variados tipos de

viviendas en Colombia, diferenciando los distintos estratos socioeconómicos del país en los cuales será aplicable el Reglamento.

Que una vez finalizado el estudio adelantado por la Universidad Nacional de Colombia sede Medellín, esta Comisión identificó la oportunidad para que el proyecto de Ritel hiciera parte del piloto de Análisis de Impacto Normativo (AIN) que ha venido adelantando el Departamento Nacional de Planeación (DNP), a través del cual algunas entidades...

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