Resolución número 525 de 2020, por la cual se corrige un yerro en la Resolución 522 de 2020 - 9 de Mayo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844503609

Resolución número 525 de 2020, por la cual se corrige un yerro en la Resolución 522 de 2020

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín51309

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 30 del artículo 2º del Decreto 210 de 2003 y el 45 de la Ley 1437 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 "por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo" establece:

Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda;

Que el ocho (8) de mayo de 2020 se expidió la Resolución identificada con el número 522 de 2020, "por la cual se establecen lineamientos, criterios y parámetros para el cumplimiento de los numerales 22, 38, 39 y 40 del artículo 3º del Decreto 636 de 2020 y un reporte";

Que en el artículo 1º del referido acto administrativo titulado "subsectores" se insertó una tabla con tres (3) columnas que se denominan, en su orden, (i) numeral Decreto 636 de 2020; (ii) códigos clasificación DIAN: y (iii) subsector;

Que en la relativa a "subsector" y en lo correspondiente a los numerales 22, 40 y 46 no se aprecia la totalidad del texto, pues el tamaño de letra excede el de la columna dispuesta para relacionarlo;

Que para que se observe integralmente el texto de la tabla insertada en el artículo 1º de la Resolución 522 de 2020 deben corregirse los errores de digitación que se aprecian en algunos de sus apartes;

Que en la parte final del artículo 5º de la misma Resolución 522 de 2020, se lee "con arreglo a los numerales 10 y 12 del Decreto 636 de 2020", sin embargo, no se estableció el artículo en el que se encuentran contenidos aquellos y por tanto procede relacionarlo;

Que las correcciones previstas cumplen con...

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