Resolución número 5421 de 2018, por la cual se formula la Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el Ministerio de Defensa Nacional - 31 de Julio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 736130257

Resolución número 5421 de 2018, por la cual se formula la Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el Ministerio de Defensa Nacional

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50671

El Ministro de Defensa Nacional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial aquellas conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política y el numeral 2 del artículo del Decreto 4890 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, corresponde a los Ministros formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.

Que en cumplimento del Decreto 1072 de 2015 "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo" y la Resolución 1111 de 2017 "por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para empleadores y contratantes", se expidió la Directiva Ministerial Permanente 044 de 2017, por medio de la cual el Ministerio de Defensa Nacional "Imparte directrices para la planeación, organización, implementación, aseguramiento y mejora continua al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en el Ministerio de Defensa Nacional, incluidas sus unidades ejecutoras (Unidad de Gestión General, Comando General de las FF.MM., Ejército Nacional, Armada Nacional, Fuerza Aérea Colombiana, Dirección General de Sanidad Militar, Dirección General Marítima, Centro de Rehabilitación Inclusiva y Justicia Penal Militar) y la Policía Nacional de Colombia".

Que el artículo 2.2.4.6.1 del Decreto 1072 de 2015, "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo" define las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión.

Que en cumplimento a lo establecido en el artículo 2.2.4.6.5 del Decreto 1072 de 2015, el empleador o contratante debe establecer por...

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