Resolución número 5552 de 2017, por la cual se establece el calendario electoral para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República (primera vuelta) para el periodo constitucional 2018-2022 - 26 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 680318101

Resolución número 5552 de 2017, por la cual se establece el calendario electoral para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República (primera vuelta) para el periodo constitucional 2018-2022

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín50245

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las consagradas en el artículo 266 de la Constitución Política, el artículo 26 numeral 2 del Decreto 2241 de 1986 y el numeral 11 del artículo 5º del Decreto-ley 1010 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

Que el artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral.

Que el numeral 11 del artículo 5º del Decreto-ley 1010 de 2000, establece además de las funciones señaladas en la Constitución y la ley, dentro de las funciones del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 207 del Decreto 2241 de 1986, las elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República, primera vuelta, se realizarán el último domingo de mayo del respectivo año.

Que a través de la Ley 996 de 2005, se reglamentó la elección de Presidente de la República, de conformidad con el artículo 152 literal f) de la Constitución Política, así mismo otorga facultades a la Registraduría Nacional del Estado Civil para reglamentar aspectos meramente técnicos y operativos cuyo desarrollo es indispensable para el cabal cumplimiento del proceso de inscripción de candidatos.

Que de acuerdo con lo anterior, el 27 de mayo de 2018 se realizarán elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República, siendo necesario establecer el calendario electoral correspondiente.

Que en virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Establecer el calendario electoral que se indica a continuación, el cual contiene las diferentes etapas preclusivas y actividades que se deben...

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