Resolución número 5588 de 2019, por la cual se modifican algunas disposiciones establecidas en el Capítulo 4 Título V de la Resolución CRC 5050 de 2016 - 11 de Enero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 756972657

Resolución número 5588 de 2019, por la cual se modifican algunas disposiciones establecidas en el Capítulo 4 Título V de la Resolución CRC 5050 de 2016

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión de Regulación de Comunicaciones
Número de Boletín50833

La Comisión de Regulación de Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las que le confieren los artículos 11 y 20, numerales 3, 4 y 8, de la Ley 1369 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1369 de 2009 estableció el régimen general de prestación de los servicios postales y determinó las competencias de las entidades encargadas de la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios, incluidas las de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC);

Que el artículo 1º de la Ley 1369 de 2009 señala que los servicios postales son considerados un servicio público en los términos del artículo 365 de la Constitución Política y prevé que su prestación estará sometida a la regulación, vigilancia y control del Estado, con sujeción a los principios de calidad, eficiencia y universalidad;

Que la Ley 1369 de 2009 señala que la intervención del Estado en los servicios postales responde, entre otros, a los siguientes objetivos: (i) asegurar la prestación eficiente, óptima y oportuna de los servicios postales, (ii) promover la libre competencia y evitar los abusos de posición dominante y las prácticas restrictivas de la competencia, y (iii) estimular a los operadores a incorporar los avances tecnológicos en la prestación de los servicios postales;

Que según el numeral 4.3. artículo 3º de la Ley 1369 de 2009 para la prestación de servicios postales, se desarrollan las actividades de recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales a través de redes postales, dentro del país o para envío hacia otros países o recepción desde el exterior. Son servicios postales, entre otros, los servicios de correo, los servicios postales de pago y los servicios de mensajería expresa;

Que el artículo 11 de la Ley 1369 de 2009 establece que la CRC es la Autoridad competente para regular "[L]os niveles de calidad de los Servicios Postales distintos a aquellos pertenecientes al Servicio Postal Universal" ;

Que en concordancia con lo anterior, el numeral 3 del artículo 20 de la Ley 1369 de 2009, establece que la CRC tiene la función de expedir toda la regulación de carácter general y particular en las materias relacionadas, entre otros aspectos, con los parámetros de calidad de los servicios postales;

Que el numeral 8 de esta misma norma, establece que la CRC es la encargada de definir el modelo único para las pruebas de entrega, con los motivos de devolución de acuerdo con normas internacionales, función que le fue asignada para todos los servicios postales. Dicha facultad corresponde a un aspecto asociado a la calidad de los servicios postales, especialmente en lo relativo a la confiabilidad de los mismos, entendida esta última como la entrega efectiva a los usuarios destinatarios de todos los objetos en buen estado;

Que en ejercicio de las competencias otorgadas por la Ley 1369 de 2009, la CRC estableció en la Resolución CRC 3095 del 15 de julio de 2011, los parámetros, indicadores y metas de calidad para los servicios postales diferentes a los comprendidos en el Servicio Postal Universal, específicamente para los servicios de mensajería expresa y postales de pago, así como el modelo único de las pruebas de entrega, para los servicios que lo requieran;

Que la mencionada resolución estableció la regulación en materia de calidad para los servicios postales, donde la CRC fijó metas de corto plazo para el período 2012-2014 de los servicios de mensajería expresa y giros postales nacionales, con la finalidad de que con ello la prestación de estos servicios mejorara de manera incremental hacia un objetivo de calidad establecido conforme a las prácticas de la época;

Que actualmente, la Resolución CRC 3095 de 2011 sigue vigente y se encuentra compilada en el Capítulo 4 del Título V de la Resolución CRC 5050 de 2016;

Que las metas de calidad de las que trata la mencionada Resolución CRC 3095, son las mínimas que los operadores de los servicios postales deben cumplir a partir de la última meta establecida para el año 2014 y hasta que se expida nueva regulación que modifique o actualice los indicadores y las metas de calidad;

Que durante el año 2012 la CRC, mediante la Resolución 3550, estableció el reporte de información de los indicadores de calidad para el servicio de mensajería especializada, en aras de hacer seguimiento al cumplimiento de las metas de calidad definidas en el artículo

6º del Decreto 229 de 1995;

Que como resultado de los estudios sobre comercio electrónico y hoja de ruta de la economía digital, adelantados por la CRC entre 2016 y 2017, se identificó la necesidad de llevar a cabo una revisión holística del sector de los servicios postales en Colombia, y establecer la hoja de ruta que debe seguir la CRC para adecuar su regulación a las nuevas necesidades de los usuarios, los cambios de mercado, los cambios normativos, los nuevos modelos de negocio y las nuevas tecnologías que inciden en dicho sector;

Que en el año 2017 y en cumplimiento de la Agenda Regulatoria 2017-2018 se adelantó el estudio denominado "Diagnóstico de barreras regulatorias del sector postal y hoja de ruta" , a través del cual se evidenció la necesidad de que la CRC adelantara la revisión integral del régimen de calidad postal, así como la actualización de varias de sus disposiciones, en búsqueda no solo de adecuar ciertas reglas, parámetros e indicadores asociados a la calidad del servicio, a la realidad técnica, logística, operativa del sector postal, sino de seguir incentivando la incorporación de herramientas tecnológicas en la provisión del servicio, las cuales a su vez derivan en la generación de mayores eficiencias para los operadores postales y por ende beneficios a los usuarios;

Que en línea con las recomendaciones de la Hoja de Ruta del sector postal se formuló una agenda de proyectos regulatorios de corto y mediano plazo. En virtud de lo anterior, se definió, entre otros la "Revisión de la Definición de Mercados Relevantes en el sector postal" , la "Revisión del Régimen de Protección de los Usuarios del sector postal" , la "Revisión y actualización de indicadores de calidad de los servicios postales" , como algunos de los proyectos a desarrollar;

Que debido a que el proyecto regulatorio de "Definición de Mercados Relevantes en el sector postal" se desarrolla durante 2018 y parte de 2019, la CRC consideró pertinente adelantar este proyecto regulatorio en dos fases, la primera desarrolla el diagnóstico preliminar de los indicadores de calidad de los servicios postales, la simplificación de medidas que se encuentran en desuso y la promoción de herramientas tecnológicas para la digitalización del sector postal y la segunda fase que realizará una revisión integral del Régimen de calidad de los servicios postales, una vez se cuente con los resultados del proyecto regulatorio "Revisión de la definición de los mercados relevantes en el sector postal" ;

Que en desarrollo de la metodología de Análisis de Impacto Normativo (AIN), bajo el ámbito de las competencias otorgadas a la CRC, se delimitó el alcance y los objetivos de la intervención regulatoria, para luego determinar alternativas que pueden ser adelantadas, ponderando y evaluando las mismas de acuerdo con los objetivos planteados;

Que delimitado el alcance de la primera fase del presente proyecto regulatorio, se definió como objetivo general "Revisar los indicadores, las metas de calidad, y la normatividad que a la fecha pudiese estar desactualizada o en desuso, aplicables a la prestación de los servicios de mensajería expresa y giros postales nacionales, y de ser necesario actualizarlos para que se adecúen a las nuevas dinámicas y retos del mercado postal, especialmente frente a la necesidad de convertirse en un eslabón estable y confiable para el desarrollo de comercio electrónico" ;

Que en aplicación de la metodología AIN, la CRC planteó las alternativas regulatorias que responden a las problemáticas identificadas a partir de la hoja de ruta postal y de los análisis adelantados en el presente proyecto regulatorio, como lo son para el caso de mensajería expresa: i. Incumplimiento de las metas de calidad, ii. Imposibilidad de realizar la entrega efectiva del objeto postal en el segundo intento de entrega; y iii. Necesidad de promover el uso de herramientas tecnológicas en un entorno de economía digital tanto para los servicios de mensajería expresa como para los servicios postales de pago;

Que para el desarrollo del presente proyecto se definieron tres temas que atienden a las problemáticas mencionadas anteriormente, a través de los cuales se identificaron elementos de la Resolución CRC 3095 de 2011 que se deben modificar, en aras de propender por una mejora continua en la prestación de los servicios postales y generar confianza en los usuarios de los mismos, como lo son: i) Mecanismos para la promoción del uso de herramientas tecnológicas; ii) Efectividad en el segundo intento de entrega del objeto postal; y iii) Definición de la forma de medir los tiempos de entrega de los objetos postales;

Que dichos temas fueron socializados a través de un foro, adelantado el 18 de octubre de 2018, en el que los distintos actores del sector postal tuvieron la oportunidad de pronunciarse y aportar en la construcción de las alternativas regulatorias desarrolladas en el presente proyecto...

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