Resolución número 5640 de 2019, por la cual se adopta la política de Prevención del Daño Antijurídico del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-Cecilia de la Fuente de Lleras - 10 de Julio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 799401469

Resolución número 5640 de 2019, por la cual se adopta la política de Prevención del Daño Antijurídico del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-Cecilia de la Fuente de Lleras

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín51010

La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el literal b) del artículo 28 de la Ley 7a de 1979, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 90 de la Constitución Política consagró que el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades.

Que el artículo 209 ibídem, determinó que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que la Ley 446 de 1998, en su artículo 75, estableció que en "Las entidades y organismos de Derecho Público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y los Entes Descentralizados de estos mismos niveles, deberán integrar un Comité de Conciliación, conformado por los funcionarios de nivel directivo que se designen y cumplirán las funciones que le señalen".

Que el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto 1069 de 2015 define al Comité de Defensa Judicial y Conciliación como "una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad".

Que el artículo 2.2.4.3.1.2.5 en sus numerales 1 y 2 del precitado decreto establece que, entre las funciones de los Comités de Defensa Judicial y Conciliación de las Entidades Públicas del orden nacional, departamental, y distrital están las de "Formular y ejecutar políticas de...

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