Resolución número 56691 de 2020, por la cual se extiende la vigencia de la Resolución número 64190 de 2015 que reglamenta el control metrológico a instrumentos de medición - 16 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 849515243

Resolución número 56691 de 2020, por la cual se extiende la vigencia de la Resolución número 64190 de 2015 que reglamenta el control metrológico a instrumentos de medición

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín51439

El Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades legales, y en especial en el numeral 47 del artículo del Decreto número 4886 de 2011, y el artículo 2.2.1.7.14.1 del Decreto número 1074 de 2015 modificado por el Decreto número 1595 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 64190 del 16 de septiembre de 2015 la Superintendencia de Industria y Comercio reglamentó el control metrológico a instrumentos de medición, estipulando obligaciones para los fabricantes, importadores, comercializadores, titulares y reparadores de este tipo de instrumentos sometidos a control metrológico, así como para los Organismos Autorizados de Verificación Metrológica (OAVM).

Que de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución número 64190 de 2015 la misma rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Que la referida Resolución fue publicada en el Diario Oficial No. 49637 del 16 de septiembre de 2015.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.7.6.7 del Decreto número 1595 de 2015, incorporado al Decreto Único del Sector Comercio, Industria y Turismo - Decreto número 1074 de 2015, los reglamentos técnicos deben ser sometidos a revisión por parte de la entidad reguladora, con el fin de determinar su permanencia, modificación o derogatoria, por lo menos una (1) vez cada cinco (5) años, o antes si cambian las causas que le dieron origen.

Que, en consonancia con la misma norma, no serán parte del ordenamiento jurídico los reglamentos técnicos que transcurridos cinco (5) años de su entrada en vigencia no hayan sido revisados y decidida su permanencia o modificación por la entidad que lo expidió.

Que la entrada en vigencia del artículo 2.2.1.7.6.7 del Decreto número 1595 de 2015 fue modificada mediante los Decretos números 593 del 5 de abril de 2017 y 2246 del 29 de diciembre de 2017, hasta el 1º de enero de 2019.

Que en virtud de lo anterior la Superintendencia de Industria y Comercio procedió a revisar el reglamento técnico contenido en la Resolución número 64190 de 2015 mediante la elaboración de un Análisis...

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