Resolución número 5807 de 2019, por la cual se autoriza al Director Ejecutivo de la CRC modificar los plazos estipulados en la Resolución 5582 de 2018 que estableció la tarifa de Contribución a la CRC para la vigencia del año 2019, ante las dificultades técnicas de disponibilidad de los servicios informáticos - 2 de Julio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 797857181

Resolución número 5807 de 2019, por la cual se autoriza al Director Ejecutivo de la CRC modificar los plazos estipulados en la Resolución 5582 de 2018 que estableció la tarifa de Contribución a la CRC para la vigencia del año 2019, ante las dificultades técnicas de disponibilidad de los servicios informáticos

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión de Regulación de Comunicaciones
Número de Boletín51002

La Comisión de Regulación de Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las que le confiere el artículo 24 de la Ley 1341 de 2009, el parágrafo 1º del artículo 11 de la Ley 1369 de 2009, el artículo 12 de la Ley 1507 de 2012, el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, y el artículo 4º de la Resolución CRC 5278 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 24 de la Ley 1341 de 2009 establece: "Con el fin de recuperar los costos del servicio de las actividades de regulación que preste la Comisión de Regulación de Comunicaciones, todos los proveedores sometidos a la regulación de la Comisión, están sujetos al pago de una contribución anual hasta del uno por mil (0,1%), de sus ingresos brutos por la provisión de sus redes y servicios de telecomunicaciones, excluyendo terminales".

Que el parágrafo 1º del artículo 11 de la Ley 1369 de 2009, establece: "Con el fin de recuperar los costos del servicio de regulación que preste la CRC, las personas y entidades sometidas a su regulación deberán pagar una contribución anual que se liquidará sobre los ingresos brutos que obtengan, en el año anterior a aquel al que corresponda la contribución, por la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones (excluyendo terminales) o por la prestación de servicios postales, y cuya tarifa, que será fijada para cada año por la propia Comisión, no podrá exceder del uno por mil (0.1%)".

Que el literal f) del parágrafo 1º del artículo 11 de la Ley 1369 de 2009, establece: "Corresponderá a la CRC establecer los procedimientos para la liquidación y pago de la contribución, así como ejercer las correspondientes funciones de fiscalización, imposición de sanciones y cobro coactivo. Sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones relacionadas con la contribución serán las mismas establecidas en el Estatuto Tributario para el impuesto sobre la renta y complementarios".

Que la Resolución CRC 5278 de 2017 en su artículo 4º regula los...

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