Resolucion numero 121 de 1996, por la cual se resuelve un recurso de reposición. - 7 de Junio de 1996 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59798520

Resolucion numero 121 de 1996, por la cual se resuelve un recurso de reposición.

EmisorVarios
Número de Boletín43248

por la cual se resuelve un recurso de reposición.

La Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 12 de la Ley 182 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 050 del 8 de marzo de 1996 de esta Junta, se decretó la caducidad administrativa del Contrato de Concesión del servicio de Televisión por Suscripción número 00001 de 1986 celebrado entre La Nación Ministerio de Comunicaciones (hoy cedido a la Comisión Nacional de Televisión) y la sociedad Parabólicas Satélites Colombianas Ltda. "Pasatcol".

Que estando dentro del término legal para impugnar la citada resolución, la firma Pasatcol, mediante apoderado, presentó recurso de reposición contra el mencionado acto, para que sea revocado en su integridad, por los siguientes motivos:

  1. Por no haberse respetado el debido proceso, y el derecho a la defensa a la sociedad Parabólicas Satélites Colombianas Ltda., con lo cual la prueba de incumplimiento del contrato es nula de pleno derecho, y por tanto, no hay prueba técnica del incumplimiento contractual.

  2. Por no haberse respetado las reglas de las actuaciones administrativas de oficio que regula el Libro Primero del Decreto 01 de 1984.

  3. Por no haberse cumplido con lo ordenado en el numeral 3 literal g) del artículo 12 de la Ley 182 de 1995: "Secretario general de la Comisión Nacional de Televisión, encargado de ejecutar las políticas administrativas de la entidad, refrendar con su firma los actos de la junta...", con el literal h): "Sancionar, de acuerdo con las normas del debido proceso y con el procedimiento previsto en la ley..." y con el parágrafo: "...Sus actos y decisiones serán tramitados según las normas generales del procedimiento administrativo...".

Que el fundamento de su impugnación se centra en la afirmación de que la Resolución número 050 de 1996 se expidió con violación de los derechos fundamentales a la defensa y al debido proceso de la sociedad comercial Parabólicas Satélites Colombianas Ltda., en consideración a que la resolución se expidió de plano, sin que mediase procedimiento administrativo alguno, y sin audiencia de partes y contradicción probatoria, que le permitiese defenderse. Adicionalmente argumenta, como motivo de su impugnación, la falta de firma de la resolución por parte del Secretario General de la Comisión.

Que mediante Resolución número 090 del 7 de mayo de 1996 de esta Junta Directiva se ordenó la práctica de inspección ocular sobre el expediente que...

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