Resolucion numero 1170 de 1998, por la cual se fija el monto de las tarifas de los honorarios profesionales de los abogados externos para procesos mercantiles, penales, laborales, civiles y contencioso administrativos del nivel nacional. - 4 de Mayo de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59799206

Resolucion numero 1170 de 1998, por la cual se fija el monto de las tarifas de los honorarios profesionales de los abogados externos para procesos mercantiles, penales, laborales, civiles y contencioso administrativos del nivel nacional.

EmisorVarios - Empresas Industriales
Número de Boletín43295

por la cual se fija el monto de las tarifas de los honorarios profesionales de los abogados externos para procesos mercantiles, penales, laborales, civiles y contencioso administrativos del nivel nacional.

El Presidente del Instituto de Seguros Sociales, en uso de las facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 84 del Decreto 2665 de 1988; artículos 12 y 14 de la Ley 80 de 1993; numeral 3º del artículo 11 del Decreto 2148 de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto de Seguros Sociales, en defensa de sus intereses patrimoniales y constitucionales, debe hacerse parte en numerosos procesos concursales, penales, laborales, civiles y contencioso administrativos, de conformidad con la nueva normatividad contenida entre otras en la Ley 80 de 1993, Ley 222 de 1995, Ley 270 de 1996 y acorde con las nuevas políticas de moralización, eficiencia y transparencia de la gestión administrativa a realizarse en la entidad;

Que es necesario, teniendo en cuenta aspectos de conveniencia e interés para la entidad, modificar las tarifas de honorarios profesionales, considerando para ello entre otros aspectos, las sumas efectivamente recaudadas por la entidad en el caso de los procesos, las diversas instancias procesales, la delimitación de la jurisdicción y competencia ante la cual se actúe y el mandato judicial para los recursos extraordinarios que se instauren;

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 84 del Decreto número 2665 de 1988, para efectos de fijar el valor de los honorarios, éstos seguirán las pautas que sean adoptadas por el ISS;

Que dado el volumen de los procesos judiciales, se requiere vincular abogados a través de contratos administrativos de prestación de servicios profesionales, fijando una tarifa de honorarios que refleje valores reales al ejercicio de la abogacía y posibilite la contratación de profesionales de las más altas calidades que garanticen la mejor defensa de la entidad;

Que se requiere vincular abogados mediante una tarifa de honorarios reajustable anualmente de acuerdo a la variación del índice de precios al consumidor, para los valores fijos,

RESUELVE:

Artículo 1º Fijar como tarifas de honorarios profesionales a los abogados que presten sus servicios al...

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