Resolucion numero 672 de 1998, por la cual se declaran los resultados de la primera vuelta para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República de las elecciones realizadas el 31 de mayo de 1998. - 9 de Junio de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59799884

Resolucion numero 672 de 1998, por la cual se declaran los resultados de la primera vuelta para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República de las elecciones realizadas el 31 de mayo de 1998.

EmisorVarios
Número de Boletín43321

por la cual se declaran los resultados de la primera vuelta para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República de las elecciones realizadas el 31 de mayo de 1998.

El Consejo Nacional Electoral, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

  1. Que conforme al artículo 207 del Código Electoral se convocó a elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República el último domingo del mes de mayo de 1998.

  2. Que de acuerdo con el numeral 7 del artículo 265 de la Constitución Política, le corresponde al Consejo Nacional Electoral efectuar al escrutinio general de toda la votación nacional, hacer la declaratoria de elección y expedir las credenciales a que haya lugar.

  3. Que el artículo 190 de la Constitución Política y el artículo 6º de la Ley 163 de 1994, establecen que si ningún candidato obtiene más de la mitad más uno de los votos, se celebrará una nueva votación que tendrá lugar tres semanas más tarde, en la que sólo participarán los dos candidatos o fórmulas que hubieren obtenido las más altas votaciones, entendiéndose sorteadas las dos primeras fórmulas en el mismo orden y con el mismo número del sorteo inicial.

  4. Que revisadas las Actas del Escrutinio Departamental suscritas por los Delegados del Consejo Nacional Electoral y sus Secretarios se hallaron los siguientes errores aritméticos: en el formulario E-26 de Boyacá se omitieron 90 votos al hacer el cómputo total de los votos válidos; igualmente en el formulario E-26 de Guainía, al totalizar los votos válidos se excedieron en un voto. Por tanto se corrigen los errores aritméticos de acuerdo al artículo 189 del Código Electoral.

  5. Que efectuado el cómputo de votos emitidos a nivel nacional con base en las Actas de Escrutinio Departamentales, al igual que de las votaciones en el extranjero con base en...

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