Resolucion numero 071 de 1998, por la cual se dictan normas referentes a la participación de las empresas en el subsector de gas natural. - 28 de Mayo de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59800283

Resolucion numero 071 de 1998, por la cual se dictan normas referentes a la participación de las empresas en el subsector de gas natural.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín43340

por la cual se dictan normas referentes a la participación de las empresas en el subsector de gas natural.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 333 de la Constitución Nacional consagra la libre competencia como un derecho de todos que supone responsabilidades, principio que tiene aplicación directa en el servicio público de energía eléctrica, en virtud de lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley 143 de 1994, y del artículo 73 de la Ley 142, el cual ordena a la Comisión promover la competencia en desarrollo de la intervención del Estado en los servicios públicos autorizada por el artículo 2º de la Ley 142, para lograr, entre otros fines, los establecidos en el numeral 2.6 del artículo 2º de la citada ley;

Que la Ley 142 de 1994, numeral 25 del artículo 73, atribuye a la Comisión la facultad de establecer los mecanismos indispensables para evitar concentración de la propiedad accionaria en empresas con actividades complementarias en un mismo sector o sectores afines en la prestación de cada servicio público;

Que la misma Ley 142 de 1994, artículo 74 numeral 1º asigna a la Comisión la función de regular el ejercicio de las actividades de los sectores de energía y gas combustible para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, propiciar la competencia en el sector de minas y energía, proponer la adopción de las medidas necesarias para impedir abusos de posición dominante y buscar la liberación gradual de los mercados hacia la libre competencia, con la facultad de adoptar reglas de comportamiento diferencial, según la posición de las empresas en el mercado;

Que para promover efectivamente la libre competencia en beneficio de los usuarios, es necesario garantizar que existan múltiples empresas productoras, distribuidoras y comercializadoras de gas natural;

Que la Comisión expidió la Resolución 128 de 1996 mediante la cual se dictaban algunas normas para desarrollar los principios constitucionales y legales antes mencionados;

Que el honorable Consejo de Estado en Sentencia de fecha 12 de febrero de 1998, con ponencia del Magistrado Rafael Ariza, avaló la legalidad de tal resolución, arguyendo que "promover la competencia entre quienes presten servicios públicos se opone a las prácticas monopolistas, a la vez que ello contribuye a buscar servicios de calidad. Entre mayor competencia haya, mejor es la prestación de los servicios pues cada empresa se preocupa de ofrecer mejores condiciones para así captar más demanda";

Que se hace necesario aclarar y complementar algunos aspectos respecto de la integración horizontal de las empresas;

Que así mismo se hace necesario necesario implementar como obligación de las empresas la remisión de información de manera periódica y cuando quiera que la Comisión lo requiera, en aspectos tales como la composición accionaria de las...

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